Hola.
En caso de fallecimiento del trabajador los importes o saldo, si lo hay, y cualquier demás beneficios, se deben pagar al cónyuge o conviviente civil, a los hijos o a los padres del fallecido, en el orden señalado. La muerte del trabajador pone término a la relación laboral.
Saludos
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27/Jun/20 22:19
Re: DEFUNCION DE TRABAJADOR
El procedimiento correcto es liquidarle a la esposa en la mayoría de los casos al 100% Pero como sabe cual de todas las chachas es la esposa Y si el finado fue bígamo trigamo o no a que potencia se emparento, pues solo la primera tendría que ser la ganona
Para en estos casos, se realiza un procedimiento sucesorio en la junta de conciliación, que en ese juicio manden sus documentación madre, hijos, etc. El juzgado le mandara la orden de la repartición de los 20 pesos que se le adeudaba a ellos, a cual de la mamacita le toca la mamarmaja y ser la afortunada
Disfruta todo lo que realices en esta vida y hazlo con responsabilidad