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Tópico: isr en vales de despensa
kreator

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 01, 2005 Asunto:
es lo mismo que aun que el empleardor de los vales de despensa entregando tales vales como se puede comprobar que efectivamente sirvio para surtir la despensa familiar de tal trabajador, esto lo comento pues en la practica algunos empleados usan dichos vales para comprar cervezas o alcohol en los supers e inclusive en algunos congales hasta los aceptan (no es broma en cancun y campeche se ven cada cosas) eso de que la autoridad no pueda comprobar que si se da el vale de despensa en efectivo y que sirvio para ese fin en lo personal siento que va mas alla de la ley y hasta seria inconstitucional por intentar fijar cosas que ni la ley ni su reglamento observo (lo mismo va para imss) lo que si algunas empresas no cuentan con planes de prevision social para soportar este rubro y otros similares y entonces si ahi le doy la razon a las autoridades para botar dicho gasto
Tópico: Escuela de los hijos
kreator

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 03, 2005 Asunto:
haber la cosa va asi (le estoy haciendo a projeta o al guru pero de muy buena fuente un amigo de la camara me dijo que por ahi viene la iniciativa haber si pasa) pretende la camara de diputados que los gastos escolares se aplique una deduccion personal entre 4000 y 4600 por año (esta cantidad es la que se estima que nuestro gobierno gasta por cada alumno del sector publico al año) siempre y cuando los hijos vayan a escuelas particulares (para las de sector publico no aplica como si pensaran que ahi todo sale gratis) aun no se ponen de acuerdo si va a ser tipo deduccion ciega o si ese seria el tope a decucir en caso de que se considere el recibo del colegio tampoco deciden si es por cada hijo o no en fin pero como quiera que sea la idea es buena por cierto se va a caer la reforma de 2006 para isr sobre sueldos o le hacen una correccion de aquellas pues los sindicatos no estan muy agusto (sobre todo los del sector publico) y recordemos que estamos en año electorero y todo lo que pueda generar descontento (y por lo tanto menos votos) lo desecharan en fin
Tópico: Deduccion de depreciacion
kreator

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 03, 2005 Asunto:
coincido con el colega anterior de hecho les comento que en el sat de merida pase por algo similar pues en una revision a un cliente que se dio de alta en septiembre 2002 pretendia deducir un vehiculo adquirido en abril de ese mismo año y la autoridad rechazo la deduccion de la depreciacion de ese activo alegando que al momento de la adquisicion no era copntribuyente en activo y que la factura del vehiculo no cumplia requisitos del 29A CFF fracc IV
Tópico: DUDA DE SERVICIOS PROFESIONALES
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 20, 2005 Asunto:
pues no se si las empresas paraestatales y los organismos desconcentrados entren dentro de la definicion de organismos descentralizados de la federacion y si no es asi y ese fuera el caso podria ser por ahi, por ejemplo las universidades es muy rara aquella que retiene iva (y en algunos casos se van a pleito con la autoridad si no preguntenselo a la unam, en fin) ahora bien en la practica y no digo que todas las dependencias sean asi pero lo que expongo a continuacion me consta, cuando trabaje en el sector gobierno hasta creen que se pagaban bien las retenciones de ispt o cualquier otra retencion y/o impuesto federal y adivinen que hasta creen que algun dia les iva a requerir shcp el pago de esas retenciones entre otras cosas nunca de los nuncas y jamas de los jamases pero en fin -me reservo el nombre de la dependencia- ahora bien regresando al tema en cuanto a retencion de isr ahi si estan muertos cuando menos esa si se debe retener, como dije la de iva habria que ver saludos
Tópico: Gravar las prestaciones significaria pagar mas al seguro soc
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 20, 2005 Asunto:
pues no me crean mucho pero me dicen las malas lenguas que si, minimo (entre otras cosas) quieren poner un rango intermedio y no dejarlo en 2 como contempla la actual ley que por disposiciones transitorias entra en vigor hasta 2006 (chistoso una ley aprobada en 2004 con aplicacion en 2006 pero que puede ser posible que nunca sea usada al menos no tal como esta redactada -letra muerta- eso en que tipo de paises pasa en fin) en fin mientras sea para bien ya el tiempo (y los diputeibols) daran la razon saludos
Tópico: CAMBIO DE DOMICILIO ??
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 17, 2005 Asunto:
me paso algo similar al menos la solucion para el sat de merida es presentar un escrito libre manifestando dicha situacion y en su caso acompañarla de algun documento pertinente y se supone que el sat cambia en su sistema el domicilio sin necesidad de r-2; en cancun tambien me paso algo similar (ahi cambiaron el numero del predio y la colonia) nos hicieron meter la r-2, asi que la sugerencia es averiguar en tu sat local como segun sus majestades se debe solucionar pues ya saben cada sat local es un microcosmos (es decir se gobiernan como les da la gana viva el pseudo-federalismo) saludos
Tópico: AYUDA P.F. ARRENDAMIENTO Y ACT.EMPRESARIAL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 17, 2005 Asunto:
haber vamos por partes no por el hecho de no poder facturar un auto no significa que la persona moral adquiriente (o cualquier otro contribuyente) no pueda deducir un vehiculo de segunda mano para esto basta con que se haga un contrato de compra-venta (esto para isr desde luego) y en su caso por lo que toca a iva remitirse al 20 RIVA (si no como creen que deducirian las loteras de autos) y por cierto el art 20 no es exclusivo pa loteras es pa todo aquel que caiga en esa situacion saludos
Tópico: articulos y textos de regimen simplificado PM
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 26, 2005 Asunto: articulos y textos de regimen simplificado PM
estimados colegas agradeceria sobremanera si pudieran decirme por este medio en donde puedo encontrar textos y articulos que traten el tema de regimen simplificado (personas morales) sobre todo si se trata de transportistas ya sea algun escrito tipo taller o cualquier texto que trate sobre ese tema pues adolesco sobre este topico (ya que nadie nace sabiendo todo) y en este caso me declaro culpable de conocer muy poco de este tema en particular, y ya cheque facilidades administrativas y hasta la misma lisr y su reglamento y aun quedan dudas y cualquier articulo sobre el tema es bienbenido. y pues gracias de antemano
Tópico: AYUDA TRANSPORTISTAS GASOLINA DEDUCIBLE
kreator

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 26, 2005 Asunto:
al menos nos dieron un respiro de aqui a septiembre pero si hay que empezar a planear que hacer, por cierto un cliente que es constructor el tiene maquinaria la cual usa diesel para funcionar y me comento su molestia en lo referente a este tema pues aveces su maquinaria opera en poblados pero en su caso le comente que a el y a todo aquel que utilice algun activo que no pueda clasificarse como vehiculo no le aplica esta disposicion analicemos el 31 F III 2o parrafo lisr vigente "Tratándose del consumo de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres, el pago deberá efectuarse mediante cheque nominativo del contribuyente, tarjeta de crédito, de débito o de servicios, a través de los monederos electrónicos a que se refiere el párrafo anterior, aun cuando dichos consumos no excedan el monto de $2,000.00. " ok veamos dice a la letra "consumo de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres" como se puede observar aqui dice que para aplicar todo este relajo el consumo de combustibles tiene que ser vehículos y si el combustible es aplicado en maquinaria pesada siento que ya no aplicaria esta parte del 31 F III pues no se trata de vehiculos si no de otro tipo de activos fijos (caso montacargas, retroexcavadoras, plantas de luz a base de gasolina y parenle de contar) claro aqui hay dos problemas el 1ero esta en convencer a la gasolinera que nos de la factura que estamos pagando en efectivo debido a que la gasolina no sera aplicada en vehiculos sino en maquinara, y el 2o es que en caso de revision podemos toparnos con algun troglodita de shcp (aclaro no todos son malos) que quiera equiparar una planta de luz con un vehiculo (claro aqui lo convenceria de usar ese activo como vehiculo para que se traslade a ver a la mas antigua de su familia aver si puede) en fin como siempre el pleito nos lo transladan a nosotros o no colegas, saludos en cuanto a la referencia que la ley hace de pagar con "cheque nominativo del contribuyente, tarjeta de crédito, de débito o de servicios, a través de los monederos electrónicos" aun que se que es muy debatible vean que salvo cheque nominativo a cargo del contribuyente (aqui si expresa la ley que la chequera tiene que ser del contribuyente, las demas opciones estan separadas por comas) en los demas no dice que necesariamente tiene que ser del contribuyente, es cierto muchos diran que es obvio pero hasta donde me acuerdo en ningun lugar dice que necesariamente tenga que ser una trajeta de debito o credito fiscal (o si alguien tiene la referencia legal en donde asi se exprese que la transcriba porfa) claro que seria lo ideal pero de no ser asi caso PF que quiera deducir gastos mayores a $2000 pagados con su tarjeta de credito personal no fiscal no le veo que actue en contra de lo dispuesto en el 31 lisr vigente por no contravenirlo (nada de que se sobreentiende, o la ley dice o no dice) y como dirian los abogados aplicando derecho romano lo que en la ley no esta prohibido esta permitido apoco no, en fin muy debatible.
Tópico: !! CUIDADO; NO HACER CASO !!
kreator

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 26, 2005 Asunto:
por lo de la ultima colega eso de que la autorida' intimide a los contribuyentes eso ya huele a delito y es causal de que se le pueda fincar responsabilidades a esos pseudo sexsoservidores publicos ver 114 CFF vigente, claro aqui el problema esta demostrarlo (gracias a dios y a la tecnologia pues hasta los celulares ya pueden grabar videos con audio y si los cachan en la movida ya tienen su video shcpescandalo), ya en serio en cuanto a contestar o no una carta invitacion, un exhorto a cumplir con obligaciones fiscales o como se le pegue la gana a la autoridad que no sea requerimiento de obligaciones fiscales un buen amigo y colega que es contador/abogado me a comentado que en algunos casos resulta contraproducente el hacerle caso a ese tipo de avisos que no cumplen con los requisitos minimos señalados en el CFF vigente y como dice un colega tan buenos pal boiler o pal excusado pues si se responde mal con el solo hecho de responder de tal manera que se le este dando a la autoridad la aceptacion de tales hechos (aqui no importa que tan mal elaborado este el escrito por parte de la autoridad) es darlos por bueno y le estarias dando elementos a shcp para que te quiebre, es cierto que el que nada debe nada teme pero aveces por querer cumplir con esas artimañas de la autoridad nos sale peor el caldo como sea antes de actuar hay que evualuar saludos

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