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Tópico: Lenguaje Ciudadano ?....Y EL LENGUAJE "JURIDICO-FISCAL& | |
Armando_Oasis Mensajes: 6 |
Foro: Fiscal Enviado: Octubre 01, 2005 Asunto: Re: Lenguaje Ciudadano ?....Y EL LENGUAJE "JURIDICO-FIS |
Estimados Colegas.... como ya todos sabemos, actualmente en todos los rincones de este país, sus habitantes tienen por lo menos una pc, conocimientos de internet, acceso de banda ancha al mismo, y sobre todo...tenemos una cultura fiscal muy avanzada, dentro de los contribuyentes que tiene registrado el fisco no existen analfabetas, por lo que no tendrán problemas para entender lo que tienen que hacer para cumplir con sus obligaciones fiscales, ya que el lenguaje es claro y llano...además, todo mundo quiere cumplir con sus obligaciones fiscales en forma rápida y expedita, y nadie desea seguir evadiendo sus pagos de impuestos...ya que con ellos ayudamos al progreso de nuestro país ...por eso el sat, en su papel de autoridad recaudadora, con todos estos elementos y algunos otros más, se está comprometiendo con el contribuyente....AHORA COMO YA NADIE NOS VA A NECESITAR, pues tendremos que dedicarnos a otra cosa...por lo pronto, desde el lunes empiezo a estudiar para chef o estilista....así nunca me faltará la papa.... | |
Tópico: Programa de correccion de Imss | |
Armando_Oasis Mensajes: 5 |
Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 30, 2005 Asunto: Re: Programa de correccion de Imss |
[quote:75b74d25c8="marcoglz"]Me ha llegado una oficio del imss donde se nos invita, a adherirnos a un programa de Corrección, Alguien me puede explicar en que consiste este programa??? Muchas Gracias y Saludos :) [/b][/quote:75b74d25c8] Saludos Marco: Me imagino que te refieres al PROGRAMA DE REGULARIZACION VOLUNTARIA DE LA CLASIFICACIÓN DE LAS EMPRESAS...esto quiere decir que revises la CLASIFICACION de tu empresa y si ha cambiado de actividad en relación con la que inicialmente tienes, pues debes presentar el cambio de actividad, por ejemplo: si inicialmente inscribiste la empresa en el riesgo de trabajo (hoja clem) en una actividad donde no tenias equipo de transporte, maquinaria, etc. etc. y ahora lo tienes, debes reclasificar tu empresa, para que los siniestros que llegaran a ocurrir te sean reconocidos como riesgo de trabajo en su caso... Muchas empresas generalmente se inscriben en el riesgo de trabajo y por circunstancias xxx, cambian de actividad y no presentan el cambio ante el imss, siguen cotizando como están inscritos, por ejemplo, tenias una tienda de ropa, pero no te fue bien ahi y ahora tienes una carnicería, las primas de riesgo de trabajo, sector, clase y fracción son diferentes, entonces hay que reclasificar y presentar el aviso... Si no es esto a lo que refieres, entonces clarifica un poco la pregunta... Ahi mismo, el oficio te dice lo que tienes que hacer....ojalá este comentario te sea útil... | |
Tópico: Acuerdo del IMSS 497 | |
Armando_Oasis Mensajes: 5 |
Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 29, 2005 Asunto: |
[quote:978eacada3="lcgabrielaranda"]Si quieres le acuerdo completo rosita date una vuelta por el link de la pagina que tengo en mis datos personales saludos[/quote:978eacada3] Gabriel, tienes otro más completo que éste?, porque ese fué el único que encontré, de ahi lo copie....y lo pegué aquí... Saludotes.... | |
Tópico: Acuerdo del IMSS 497 | |
Armando_Oasis Mensajes: 5 |
Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 29, 2005 Asunto: Re: Acuerdo del IMSS 497 |
[quote:acb9856f19="Rositasm"]Hola espero alguien pueda ayudarme, Estoy pagando horas extras a trabajadores pero aunque me encuentro dentro del margen establecido por la LTF estas pueden prolongarse durante un buen tiempo, para lo cual el seguro pudiera tomarlas como fijas e integrarlas al SBC en una posible revision. Ya revise los topicos en donde se ha hablado sobre este tema, busco precisamente la aplicación del acuerdo 497, en un topico mencionan que aun esta vigente. Pero aqui en fiscalia en descargas aparece como vigente hasta septiembre del 1997 (no recuerdo bien el año). La cuestion era que yo me apoyaba en él para el pago de horas extras discontinuas hasta por 90 días como dice el acuerdo. Alquien que me pueda aclarar la duda x la cuestión de que lo pueda aplicar o que me recomiendan. Gracias de antemano.[/quote:acb9856f19] ROSITA, esto es lo único que encontré, ojalá te sea útil... HORAS EXTRAS ACUERDO DEL CONSEJO TÉCNICO DEL IMSS No. 497/93 (Vigente hasta el 30 de junio de 1997) Este Consejo Técnico, con fundamento en los artículos 240 fracciones I, IV y XIII, 252 y 253 fracción X Bis de la Ley del Seguro Social, con base en la resolución del Comité de Asuntos Jurídicos de este Cuerpo Colegiado, contenida en el acta del 12 de agosto de 1993, y con el propósito de precisar el contenido y alcance de algunos de los conceptos regulados por el artículo 32 de la misma Ley, reformado por el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de julio del presente año, acuerda lo siguiente: I.- Horas extras.- Atento a que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos autoriza, por circunstancias extraordinarias, la ampliación de horas de jornada, se considera que el pago por el tiempo extraordinario, cuando este se presente eventualmente, no de manera cotidiana, hasta el margen legalmente autorizado, no integrará el salario base de cotización. Se considera como eventual la prestación del referido servicio, hasta por tres horas diarias, tres veces a la semana, un bimestre continuo o en forma discontinua hasta noventas días, durante un año calendario; y en caso de prestarse el servicio en forma permanente o pactado previamente, excediéndose del máximo legal, es decir, por más tiempo del señalado anteriormente, el salario se integrará con todo el tiempo excedente. Este criterio tiene el carácter de provisional, por lo que podrá ser revocado en cualquier momento, a juicio de este Consejo Técnico. II.- Hágase del conocimiento de las diversas dependencias del Instituto para que se cumpla debidamente y difúndase adecuadamente, a fin de que los patrones y trabajadores tengan un conocimiento preciso al respecto. Salvo mejor opinión, creo que estuvo vigente hasta esta fecha por la entrada en vigor de la nueva LEY DEL INSEGURO SOCIAL.. | |
Tópico: ALGUIEN TIENE CALCULADORA DE NOMINAS ? | |
Armando_Oasis Mensajes: 5 |
Foro: Excel Enviado: Septiembre 29, 2005 Asunto: Re: ALGUIEN TIENE CALCULADORA DE NOMINAS ? |
[quote:b703720b16="666666"]ME PUEDES DAR EL LIKN PLIS[/quote:b703720b16] Claro, aquí está..... www.ppsotoasesor.com | |
Tópico: ALGUIEN TIENE CALCULADORA DE NOMINAS ? | |
Armando_Oasis Mensajes: 5 |
Foro: Excel Enviado: Septiembre 29, 2005 Asunto: Re: ALGUIEN TIENE CALCULADORA DE NOMINAS ? |
[quote:5c631b7ba9="666666"]CALCULADORA DE NOMINAS DE SUELDOS PARA REGISTRAR A 20 TRABAJADORES ......... LO AGREDECERIA BASTANTE[/quote:5c631b7ba9] El Lic. Pepe Soto ya te ofreció una, no te convence?....ponte en contacto con él...busca cualquiera de sus mensajes, de preferencia en el foro laboral, ahí viene el link de su página y mail... | |
Tópico: PAGOS PROVICIONALES | |
Armando_Oasis Mensajes: 16 |
Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 29, 2005 Asunto: Re: PAGOS PROVICIONALES |
[quote:0b0d5365f5="SERCO"]QUISIERA ME AYUDARAN SOBRE COMO PRESENTAR MIS PAGOS PROVICIONALES, SOY UNA PERSONA FISICA Y TENGO UN PEQUEÑO TALLER DE LAVADO DE AUTOS, PERO QUISIERA YO MISMO PRESENTAR MIS PAGOS PROVICIONALES, QUE TENGO QUE HACER?[/quote:0b0d5365f5] Colegas, Serco solo quiere que le digamos como presentar sus pagos, pues no requiere que la hablemos de contabilidad simplificada, o del libro de ingresos, notas de venta o facturas, etc, etc. ESTO YA LO LLEVA O LO SABE ÉL,...bueno aqui va mi comentario.... Serco, lo que tienes que hacer para presentar tus pagos provisionales es llenar las hojas de ayuda con los impuestos que hayas determinado, luego con esa hojas, el dinerito y tu tarjeta tributaria, vas al banco de tu preferencia, efectúas el pago y te entregan el original sellado....listo.... Colegas, no le recomienden que vaya con un contador, para qué, no lo necesita...y menos ahora con lo nuevo de FISCALISTAS PRINCIPIANTES..... luego nos dicen que somos como buitres detrás de la carroña.... | |
Tópico: autorizacion permanente | |
Armando_Oasis Mensajes: 8 |
Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 28, 2005 Asunto: |
[quote:ac60ffc7f7="pepesoto"][quote:ac60ffc7f7="ByPaco"]...me gustaria tener ese oficio, ¿podrías enviarmelo?[/quote:ac60ffc7f7] ByPaco, si te lo mandan, ¿me regalas una copia...? El Lic.[/quote:ac60ffc7f7] Lic., si le llega la copia, podría usted subirla a su página?....Gracias... | |
Tópico: A los despachos el Imss nos proporciona el No. de afiliac? | |
Armando_Oasis Mensajes: 9 |
Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 28, 2005 Asunto: |
[quote:38bafac1fa="cpjosebustos"]Entendiste bien, unos no tienen internet ni correo y otros porque su encargado no sabe o no tienen tiempo y uno lo hace por ahorrarse el tiempo, esto lo pregunté porque ya fuí con el formato lleno y me dijeron olimpicamente,TRAMITELO POR INTERNET A ESTE CORREO. bueno en fin. gracias a los que me contestaron.[/quote:38bafac1fa] CP José Bustos, como dice PADAWAN, nos podrías decir que correo te dieron para que tramitaras los NSS de los trabajadores?...es la primera noticia que tengo de que se puedan tramitar de esa forma....las únicas dos formas que conocía son las que te mencionó en mi mensaje anterior... Si no te quieren recibir los avisos de inscripción de los trabajadores, puedes pedirle al patrón que los envie a que soliciten su preafiliación, a ellos les dan el NSS y luego ya tú los puedes inscribir a traves del IDSE, no importa que los patrones no tengan internet ni correo, tú, desde la pc de tu despacho lo puedes hacer, solo creas la llave pública, luego vas al INSEGURO,te generan un link, el cual envían al correo que hayas anotado en la solicitud del NIEP y con eso generas el CERTIFICADO DIGITAL para todos tus movimientos...ya con este certificado y el password puedes entrar y salir del IDSE como Pedro por su casa... En la página de http://www.imss.gob.mx encuentras toda la información necesaria para esto... Espero te sirva de algo este comentario.... | |
Tópico: A los despachos el Imss nos proporciona el No. de afiliac? | |
Armando_Oasis Mensajes: 9 |
Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 28, 2005 Asunto: Re: A los despachos el Imss nos proporciona el No. de afilia |
[quote:5e7896087a="cpjosebustos"]El imss a nosotros los contadores nos proporcionará a nuestro correo electrónico el número de seguridad de los trabajadores de nuevo ingreso de nuestros clientes.? :wink:[/quote:5e7896087a] CP Jose Bustos: Para nada, el inseguro no te envía a tu correo los NSS de los trabajadores. Cuando son de nuevo ingreso y no tienen número los presentas en el formato afil-02, inmediatamente te entregan las copias del patrón y trabajador con el Número de Seguridad Social... Si son de nuevo ingreso, pero ya tienen su NSS, puedes realizar el trámite de inscripción a traves del IDSE...y luego de ahí descargas la copia del trámite.... |