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Autor | Mensaje |
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Tópico: CALCULO ANUAL | |
fernandoca Mensajes: 6 |
Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 13, 2024 13:55:29 Asunto: Re: CALCULO ANUAL |
Así sucede cuando los trabajadores tienen incapacidad, les sale saldo a favor... Yo te sugiero que te firmen carta de que ellos presentaran su declaración anual y que su saldo a favor se los devuelva el fisco directamente... Así el patrón no tiene obligación de calculo anual, y que los trabajadores hagan sus tramites para ellos presentar su anual... firma electrónica o de perdida contraseña (CLAVE CIEC). | |
Tópico: Incapacidad por Maternidad | |
fernandoca Mensajes: 7 |
Foro: Laboral Enviado: Noviembre 22, 2024 13:43:07 Asunto: Re: Incapacidad por Maternidad |
Maternidad y riesgos de trabajo se consideran trabajadores en servicio activo. tienen derecho a computarse los periodos de incapacidad para aguinaldos, ptu, vacaciones... fundamentos art 123 CPEUM y art. 127 LFT | |
Tópico: TRABAJADORES CON CSF CODIGO POSTAL DIFERENTE AL LUGAR DE TRABAJO | |
fernandoca Mensajes: 5 |
Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 26, 2024 14:06:35 Asunto: Re: TRABAJADORES CON CSF CODIGO POSTAL DIFERENTE AL LUGAR DE TRABAJO |
Nada | |
Tópico: COMO DEMOSTRAR QUE EL TRABAJADOR ESTA VIGENTE AL DIA DE HOY APARTE DE LA VIGENCIA DE DERECHOS? | |
fernandoca Mensajes: 7 |
Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 13, 2024 08:45:12 Asunto: Re: COMO DEMOSTRAR QUE EL TRABAJADOR ESTA VIGENTE AL DIA DE HOY APARTE DE LA VIGENCIA DE DERECHOS? |
Que cada trabajador descargue en su celular la aplicación de IMSS DIGITAL, y ahí cada uno de ellos pueden descargar las veces y en cualquier momento que quieran su vigencia de derechos, sin necesidad de que el patrón lo haga, se los envían al correo que el trabajador tenga registrado. Así al ingresar a la obra muestran su vigencia de derechos | |
Tópico: Validación de Incapacidad por Maternidad | |
fernandoca Mensajes: 5 |
Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 06, 2024 10:43:21 Asunto: Re: Validación de Incapacidad por Maternidad |
Los datos que pide FIEL y CURP son del representante legal... al darlo de alta al representante, después tienes que registrar a la persona moral que representa, es decir al PATRON, pero prepara tus documentos porque tienes que subir acta constitutiva, poderes, comprobante de domicilio, INE...Como consejo te doy tener siempre habilitado el ESCRITORIO VIRTUAL, es de esas cosas que mas vale tenerlas y no necesitarlas, que necesitarlas y no tenerlas... Así que ármate de paciencia porque tarda algunos días en habilitarse y la empleada con maternidad también que tenga paciencia. También aquí en el ESCRITORIO VIRTUAL puedes hacer varias cosas mas... es útil, la opinión de cumplimiento en seguridad social por ejemplo... Suerte y paciencia | |
Tópico: Duda sobre que tablas utilizatr las tablas | |
fernandoca Mensajes: 5 |
Foro: Fiscal Enviado: Julio 09, 2024 10:32:50 Asunto: Re: Duda sobre que tablas utilizatr las tablas |
El asunto no es que tablas utilizar, mas bien, que Articulo de LISR aplicar, ahí está la respuesta a tú pregunta | |
Tópico: Sistemas de Contabilidad | |
fernandoca Mensajes: 5 |
Foro: Fiscal Enviado: Junio 19, 2024 09:02:02 Asunto: Re: Sistemas de Contabilidad |
17 años | |
Tópico: Avisos al RFC | |
fernandoca Mensajes: 5 |
Foro: Fiscal Enviado: Mayo 23, 2024 14:26:51 Asunto: Re: Avisos al RFC |
Borrar cokkies funciona | |
Tópico: asalariado cambio de actividad económica asalariado | |
fernandoca Mensajes: 7 |
Foro: Fiscal Enviado: Abril 09, 2024 09:22:07 Asunto: Re: asalariado cambio de actividad económica asalariado |
Hola, hace tiempo tuve un problema igual, y resulta ser que el trabajador tenía registrado el domicilio del patrón, como su domicilio. Yo lo solucioné cambiando el domicilio primero le puse el domicilio de su casa y ya luego me permitió aumentar obligaciones... Espero te sirva el dato. Revisa su constancia de situación fiscal, para checar su domicilio [i]Editado: Abril 09, 2024 09:22:56[/i] | |
Tópico: CU CAMBIA DE RESICO PM A REGIMEN GENERAL | |
fernandoca Mensajes: 4 |
Foro: Fiscal Enviado: Marzo 05, 2024 08:36:23 Asunto: Re: CU CAMBIA DE RESICO PM A REGIMEN GENERAL |
No hay de otra, debes aplicar el que corresponda en el art 58 CFF este primer ejercicio después de RESICO, como lo establece el 214 LISR. A nosotros así fue aplicado en 2023 ya que solo tributamos en RESICO en 2022, y somos servicios entonces el 50% el más alto de todos, por lo que pagamos muchísimo ISR en pagos provisionales. NO se puede aplicar el ultimo coeficiente obtenido cuando era RG. |