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Autor | Mensaje |
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Tópico: IVA en Diario oficial electronico | |
mpena Mensajes: 2 |
Foro: Fiscal Enviado: Mayo 11, 2009 16:37:59 Asunto: IVA en Diario oficial electronico |
Estimados todos, Se debe de cobrar el IVA en la adquisición del Diario Oficial en versión electrónica? La adquisición en versión papel no lo causa, por lo mismo al conservar su naturaleza de revista o publicación exenta de IVA, la versión electrónica lleva la misma suerte... Saludos | |
Tópico: POLIZAS CONTABLES DE EXCEL A COI | |
mpena Mensajes: 2 |
Foro: Excel Enviado: Enero 31, 2009 17:58:09 Asunto: Re: POLIZAS CONTABLES DE EXCEL A COI |
BUENAS TARDES, NECESITO SABER COMO SUBIR MIS SALDOS INICIALES DE UNA EMPRESA QUE ADQUIRIO EL SISTEMA COI, YA BUSQUE Y NO ENCUENTRO LA GUIA. GRACIAS SALUDOS | |
Tópico: utilizacion de tarifas retencion ISR | |
mpena Mensajes: 2 |
Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 26, 2008 20:59:11 Asunto: utilizacion de tarifas retencion ISR |
Buenas noches, Mi duda es respecto a la utilización de las tarifas para la retención de ISR por salarios. Cual es la diferencia entre utilizar las de retención por 15 dia y la tarifa mensual, ademas de cual es la correcta y porque. Saludos y gracias a todos. | |
Tópico: formato R2 | |
mpena Mensajes: 2 |
Foro: Fiscal Enviado: Junio 24, 2008 Asunto: formato R2 |
Estimados Todos, Estoy buscando el formato R2 para un cambio de denominacion, pero no lo encuentro, alguno sabe donde conseguirlo o de donde bajarlo; se los agradecería muchisimo.... Saludos Martín Peña | |
Tópico: CONSTANCIA DE SUELDOS | |
mpena Mensajes: 5 |
Foro: Seguridad Social Enviado: Enero 04, 2007 Asunto: Re: CONSTANCIA DE SUELDOS |
Buenas tardes, Lo de los 400M es para 2006 en 2007 o para 2007 en 2008. Gracias y saludos | |
Tópico: imss 2005 deducible | |
mpena Mensajes: 3 |
Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 21, 2006 Asunto: Re: imss 2005 deducible |
Muchas gracias por la respuesta, me queda claro que son estrictamente indispensables y son por dictamen, sin embargo, en otros casos si el servicio se presto en 2005 y nacio la obligación de pago (digamos TELMEX) y pago en 2006 fue gasto indispensable para 2005 pagado en 2006, pero, es deducible???? No es el caso, sólo a manera de ejemplo. Saludos Martín Peña | |
Tópico: imss 2005 deducible | |
mpena Mensajes: 3 |
Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 19, 2006 Asunto: imss 2005 deducible |
Estimados, Se realizo pago de diferencias de COP´s del año 2005, fiscalmente son deducibles???, según yo si, ya que son un gasto estrictamente indispensable porque si no, me requieren y me cierran el changarro. Si no es así, por favor sus comentarios y fundamento. Saludos y gracias. | |
Tópico: deducible auto | |
mpena Mensajes: 3 |
Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 19, 2006 Asunto: deducible auto |
Buenas tardes, Deseo saber si alguno de ustedes cuenta con alguna política de asignación de autos al personal de mensajería. Mi caso es el siguiente, quiero hacer una política para el caso de que se tenga un siniestro, la empresa pagaría el deducible, siempre y cuando el usuario no sea el responsable de ello, y en caso de que si lo sea; poder determinar un porcentaje a su cargo. La primera vez lo pagaría la empresa Espero sus comentarios. Saludos y gracias | |
Tópico: Abrir archivo con contraseña | |
mpena Mensajes: 2 |
Foro: Excel Enviado: Junio 08, 2006 Asunto: Abrir archivo con contraseña |
Buenos días Me encuentro en una situación dificil, resulta que una persona que participaba con nosostros dejo su puesto y ahora que queremos utilizar algunos archivos nos encontramos con que tienen clave. Alguno sabe si existe algo para poder abrir dichos archivos, se los agradezco ya que son muy importantes los datos ahí contenidos y ademas volver a hacerlos sería una labor titanica. Muchas gracias por su valiosa ayuda Saludos | |
Tópico: SALARIOS NO PAGADOS EL 31 DE DIC SON DEDUCIBLES | |
mpena Mensajes: 15 |
Foro: Fiscal Enviado: Marzo 16, 2006 Asunto: Re: SALARIOS NO PAGADOS EL 31 DE DIC SON DEDUCIBLES |
XX. Que tratándose de pagos efectuados por concepto de salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado [b:8f91c28ab0]a trabajadores que tengan derecho al crédito al salario[/b:8f91c28ab0] a que se refieren los artículos 115 y 116 de esta Ley, efectivamente se entreguen las cantidades que por dicho crédito le correspondan a sus trabajadores y se dé cumplimiento a los requisitos a que se refiere el artículo 119 de la misma.. ¿Y que pasa con los que no tienen derecho al CAS? |