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Tópico: auditoria pagos provisionales pequeño contribuyente
aguirrecp

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 13, 2005 Asunto: Re: auditoria pagos provisionales pequeño contribuyente
la actividad es tienda de regalos, quiza la autoridad tenga pensado en revisar aspectos si es que el contribuyente enajena mercancia extrangera. pero desonosco, ya que solamente levantaron el acta de inicio y como siempre despues regresan. por lo que mi duda es la que comento, cuales son los procedimientos de revision para pequeños contribuyentes.
Tópico: ¿Me acredito TODO el iva de un automovil?
aguirrecp

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 12, 2005 Asunto: Re: ¿Me acredito TODO el iva de un automovil?
para que no entres en complicaciones, adquiere tu auto por una financiera que primero deposite a tu cuenta el importe del financiamiento y luego aplique a la cuenta de la agencia automotriz, ejemplo banorte o hsbc asi aplican sus credito para autos. la momento que te depositan a tu cuenta tu lo que generas es un pasivo con un tercero que no es la agencia automotriz a la que tu mismo estas liquidando en su totalidad el vehiculo. pero te recomeiendo que todo lo manejes bien en contabilidad ejemplo provision del pasivo con la agencia eq transp 100 iva por acreditar 15 -------------acredores diversos agencia auto--115 prestamo financiera bancos115 ----------prestamos bancarios/ejemplo115 pago a la agencia acredores div agencia auto115 iva acreditable15 --------------------bancos115 --------------------iva por acreditar15 primer pago a la finaciera acreedores div 10 -----------------bancos 10 nota checa la forma en la que estas pagando los intereses para que tanbien los reconoscas, en tus asientos contables
Tópico: auditoria pagos provisionales pequeño contribuyente
aguirrecp

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 12, 2005 Asunto: auditoria pagos provisionales pequeño contribuyente
que tal, un conocido que tributa en el regimen de PEQUEÑOS CONTRIBUYEBNTES recibio una vista domiciliaria para revision de pagos provisionales por el periodo enero- agosto2005 por las obligaciones de isr e iva. mi pregunta es si alguien ya ha tenido experiencia sobre este tipo de revisiones a pequeños contribuyentes, cuales son las bases que aplica la autoridad para revisar, ya que como sabemos los pequeños contribuyentes su calculo solamente se basa en los ingresos. agradeceria comentarios sobre experiencias en este tipo de revisiones. gracias
Tópico: venta de activo fijo
aguirrecp

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 10, 2005 Asunto: Re: venta de activo fijo
complementando el comentario anterior, y efectivamente tu conservas el original de la factura de agencia y elaboras una factura que ampara la venta de ese activo, pero ademas proporcionales una copia fotostatica de la factura original de agencia para que pueda hacer los tramites de cambios de propietario etc.
Tópico: mi dentista quiere que yo le haga la retencion
aguirrecp

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 28, 2005 Asunto: Re: mi dentista quiere que yo le haga la retencion
yo creo que lo que tu quieres saber el calculo inverso del neto a recibir por un recibo de honorarios. ejemplo 1 recibo de honorarios contables osea hay retenciones del 10% de isr y las 2 terceras partes del iva si pagas 5000 netos estos los divides entre 0.95 para sacar la base del honorario es:5263.16 iva 789.47 suma 6052.63 ret isr 526.31 riva526.32 neto a recibir 5000 ejemplo 2 honorarios medicos osea solo retencion de isr si pagas 5000 netos los divides entre 0.90 para sacar la base del honorario que es 5555.55 menos ret isr 555.55 neto a pagar 5000 creo que por ahi va la duda
Tópico: calculo imss
aguirrecp

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 28, 2005 Asunto: Re: calculo imss
revisa la seccion de actualidades de la pagina, ahi encontraras las tablas nuevas que aplica el imss para construccion.
Tópico: qué es el deducible? en un choque de vehiculos
aguirrecp

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 28, 2005 Asunto: Re: qué es el deducible? en un choque de vehiculos
primero no confundas el termino deducible de seguros, con deducible para efectos fiscales, no se si por ahi sea tu duda . por lo general las compañias manejan como deducible del 5 al 10% del valor del vehiculo. depende del grado de la perdida.
Tópico: Enajenación de bien de una SC a una SA
aguirrecp

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 28, 2005 Asunto: Re: Enajenación de bien de una SC a una SA
sociedad mercantil se regula por la LGSM sociedad civil se regula por el codigo civil y de acuerdo al codigo civil los socios se obligan mutuamente a combinar sus recurso o esfuerzos para la realizacion de un fin comun de caracter preponderantemente economico, pero que no constituya una ESPECULACION COMERCIAL. ahora bien las sc y complementando el fundamento del colega a cano de que las sociedades civiles no se consideran empresas de acuerdo a la definicion de actividades empresariales de CFF, que nos dice: art 16 CFF se entendera por activides empresariales las siguientes fraccI las COMERCIALES que son las de que de conformidad con las LEYES FEDERALES tienen ese caracter y no estan comprendidas en las fracciones siguientes..... por lo tanto al hacernos referencia esta fraccion a la leyes federales nos correlacionamos al CODIGO DE COMERCIO art 3 en el que se reputan en derecho comerciantes... fracc II las sociedades constituidas en arreglo a las LEYES MERCANTILES. y en su articulo 75. codigo de comercio habla de lo que la ley reputa como actos de comercio en ninguna fraccion ,mensiona la prestacion de servicios profesionales que por lo general es la actividad preponderante de las sociedades civiles prestadoras de servicios. considero que este es el fundamento para no considerar a una sociedad civil como empresa y por lo tanto aplicar la exencion que maneja el art 9 fracc IV liva para la enajenacion de bienes muebles usados.
Tópico: Enajenación de bien de una SC a una SA
aguirrecp

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 27, 2005 Asunto: Re: Enajenación de bien de una SC a una SA
totalmente de acuerdo con a cano, las sc no se consideran empresas, por lo que de acuerdo al art 9 fracc IV liva se encuentran exentas por la venta de bienes muebles usados.
Tópico: INVENTARIO
aguirrecp

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 14, 2005 Asunto: Re: INVENTARIO
como comentan los compañeros donarlo o destruirlo dando aviso, RISR art 87 88. ahora bien, para efectos de tu contabilidad financiera seria un perdida merma o como lo quieras manejar, dentro de tu estado de resultados, en tu conciliacion fiscal ya no lo deduces ya que aplicaste la deduccion como copra en el ejercicio en que la realizaste, de no ser que hayas optado por acumular el inventario para el ejercicio 2005, por lo que fiscalmente aplicas las reglas del costo de venta.

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