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Autor | Mensaje |
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Tópico: Mensaje en Buzón Tributario por supuestamente no haber pagado una retención de IVA | |
robertgd Mensajes: 8 |
Foro: Fiscal Enviado: Julio 10, 2023 10:17:03 Asunto: Re: Mensaje en Buzón Tributario por supuestamente no haber pagado una retención de IVA |
Les agradezco sus comentarios Contadores, saludos. | |
Tópico: Mensaje en Buzón Tributario por supuestamente no haber pagado una retención de IVA | |
robertgd Mensajes: 8 |
Foro: Fiscal Enviado: Julio 10, 2023 09:24:13 Asunto: Re: Mensaje en Buzón Tributario por supuestamente no haber pagado una retención de IVA |
Buenos dias Contadores. Coincido totalmente con tu punto de vista CP_PACO , el CFDI fue efectivamente pagado en Abril, y la retención presentada y pagada en la declaración de dicho mes. Considero que los momentos de deducibilidad para LISR y de acreditamiento para LIVA tienen esa sutil diferencia independientemente de que el CFDI sea emitido como PUE, ya que LIVA indica lo siguiente en el Art. 1-A penúltimo párrafo: 'El retenedor efectuará la retención del impuesto en el momento en el que pague el precio o la contraprestación y sobre el monto de lo efectivamente pagado y lo enterará mediante declaración en las oficinas autorizadas, conjuntamente con el pago del impuesto correspondiente al mes en el cual se efectúe la retención o, en su defecto, a más tardar el día 17 del mes siguiente a aquél en el que hubiese efectuado la retención, sin que contra el entero de la retención pueda realizarse acreditamiento, compensación o disminución alguna.' | |
Tópico: Mensaje en Buzón Tributario por supuestamente no haber pagado una retención de IVA | |
robertgd Mensajes: 8 |
Foro: Fiscal Enviado: Julio 09, 2023 21:42:40 Asunto: Mensaje en Buzón Tributario por supuestamente no haber pagado una retención de IVA |
Buenas noches amigos, me llegó a mi buzón tributario un comunicado en el cual me hacen la observación de un CFDi con retención de IVA del cual me indican que no he declarado y pagado dicha retención de IVA. Al revisar me percato que dicho CFDi lo emitió mi proveedor en marzo de 2020 PUE / 03 Transferencia, sin embargo no nos percatamos de ese detalle en su tiempo, y pagamos la factura en Abril de 2020, es decir al mes siguiente, por lo que dicha retención de IVA se declaró y pagó en el mes de Abril de 2020. Es decir, se desfasó un mes la emisión del CFDi respecto al pago. Pido su apoyo y sugerencias para resolver este tema y no se convierta en un problema futuro (multas y recargos), ya sea meter la aclaración en Mi Portal o presentar las complementarias correspondientes. Les agradeceré su apoyo. | |
Tópico: en pago provisional de febrero no acumula el ingreso de enero | |
robertgd Mensajes: 7 |
Foro: Fiscal Enviado: Marzo 15, 2022 19:57:21 Asunto: Re: en pago provisional de febrero no acumula el ingreso de enero |
Ya identifiqué el problema. Es falla del aplicativo. Lo que hice fue eliminar la declaración y volverla a capturar, y me jaló la información correcta. También cambié de navegador, en lugar de Chrome utilicé Mozilla y no tuve problemas. Prueben esta solución quien tenga el mismo problema. | |
Tópico: en pago provisional de febrero no acumula el ingreso de enero | |
robertgd Mensajes: 7 |
Foro: Fiscal Enviado: Marzo 15, 2022 13:18:54 Asunto: Re: en pago provisional de febrero no acumula el ingreso de enero |
Yo tengo el mismo problema pero con los gastos, no jala el importe del monto total de gastos de enero, solo carga el importe de gastos propuestos en su plataforma de CFDi PUE. En ingresos si me jala el monto total acumulado de enero pero de gastos NO. | |
Tópico: PAGO PROVISIONAL DE IVA RESICO PERSONA MORAL | |
robertgd Mensajes: 3 |
Foro: Fiscal Enviado: Febrero 15, 2022 18:48:12 Asunto: PAGO PROVISIONAL DE IVA RESICO PERSONA MORAL |
Buenas tardes a todos. El nuevo aplicativo para pago provisional de IVA RESICO persona morales no permite modificar información para declarar la información del IVA correctamente. ¿Es recomendable que la PM RESICO podamos presentar la declaración de IVA en la plataforma anterior de DyP ? Les agradeceré su opinión. | |
Tópico: Cancelación de CFDi incobrable | |
robertgd Mensajes: 5 |
Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 22, 2021 22:34:05 Asunto: Re: Cancelación de CFDi incobrable |
Gracias por sus comentarios | |
Tópico: Cancelación de CFDi incobrable | |
robertgd Mensajes: 5 |
Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 21, 2021 21:45:19 Asunto: Cancelación de CFDi incobrable |
Buen día amigos, pido su opinión respecto a un cliente que nos debe 2 CFDI de diciembre 2020 y 4 CFDi de enero 2021. El cliente está ilocalizable y damos por incobrables estas facturas, ya que esta desaparecido del domicilio fiscal, no responde teléfonos ni correos. El monto total no rebasa los $50,000 pesos. Tengo entendido que no es correcto emitir un CFDi de tipo egreso (nota de crédito) ya que éstos no cancelan CFDi de tipo ingreso. Estoy analizando la opción de cancelar estos Cfdi, pero no se si tenga que presentar complementarias de 2020 y 2021 lo cual sería engorroso. O bien hacer la estimación de cuentas incobrables y esperar 1 año para cumplir con el supuesto del art. 27 facc. XV inciso a) de la LISR para deducir estas cuentas incobrables. El problema que veo es poder notificar al cliente el aviso de deducibilidad para que ellos acumulen, ya que no tengo forma de localizarlo. Les agradeceré sus opiniones. | |
Tópico: SALDO A FAVOR DE IVA DESPUES DE DISMINUCION DE ACTIVIDADES | |
robertgd Mensajes: 2 |
Foro: Fiscal Enviado: Enero 24, 2016 13:23:47 Asunto: SALDO A FAVOR DE IVA DESPUES DE DISMINUCION DE ACTIVIDADES |
Buenas tardes amigos del foro. Tengo un caso de una persona física con ingresos por Sueldos y Actividad Profesional, En 2011 disminuyó las obligaciones de ISR por Act Prof e IVA, dejando en ese tiempo un Saldo a Favor de IVA pendiente de Acreditar en su última pago definitivo de IVA. Este año 2016 da de alta nuevamente estas dos obligaciones. Mi duda es si puede seguir aplicando el Saldo a Favor de IVA pendiente de acreditar de 2011 para sus ingresos en este ejercicio 2016. Lo mismo en el caso de depreciaciones, ya que tiene un vehículo con saldo pendiente de depreciar. Agradeceré mucho sus comentarios. Saludos. | |
Tópico: contabilidad electronica servicios profesionales | |
robertgd Mensajes: 16 |
Foro: Fiscal Enviado: Enero 23, 2016 10:45:26 Asunto: Re: contabilidad electronica servicios profesionales |
Buenos días amigos. Referente a este tema, me comuniqué con la gente de INFOSAT. La respuesta fue que el servicio de Mis Cuentas se utiliza cuando haya ingresos y egresos que no cuenten con un CFDi, ejemplo operaciones con público en general. Para el caso de personas con Actividades Profesionales que emitan sus CFDi a otros contribuyentes ya sea por medios propios o atraves del portal gratuito del SAT, y a su vez obtengan sus CDFi por los egresos efectuados, me comentaron que NO es necesario utilizar Mis Cuentas, ya que él SAT ya cuenta con la información de los CFDi emitidos y recibidos, y por lo tanto ya no es necesario enviar ninguna información al SAT ni utilizar mis cuentas. Realmente es un tema muy confuso, y debemos esperar algún criterio aclaratorio por parte de la autoridad. Saludos a todos. |