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Tópico: IMPUESTOS SEPARADOS POR TASAS
Calculador

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 23, 2006 Asunto: Re: IMPUESTOS SEPARADOS POR TASAS
pregunta para gtzwelsh : en que fundamentas que si solo realiza actividades al 15% debe de asentar en la factura la tasa aplicada? la reforma maneja el concepto de "desglose por tasas", pero si aqui solo es una tasa, pues ya esta desglosado, no?, ustedes interpretan que se tenga que anotar la tasa apicable para IVA?
Tópico: Provision de Cuentas Incobrables
Calculador

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 16, 2006 Asunto: Re: Provision de Cuentas Incobrables
Completando el comentario vabdo, en el ultimo parrafo que mencionó: [i:b94839970a]"4º. El inciso b) se refiere a los créditos mayores a $20,000.00 los cuales podrán deducirse por el solo hecho de iniciar el procedimiento judicial o arbitral correspondiente y cumpliendo con la notificación al fisco mencionada en la última parte del párrafo anterior."[/i:b94839970a] Menciona tambien que "cuando el acreedor haya demandado el pago del crédito", yo lo interpreto asi; Que aun cuando el crédito sea de años anteriores (ejemplo de 2001) se haya demandado en ese ejercicio, o en cualquiera posterior, y no se haya consdierado deducible ese monto, puedes hacer deducible en 2006, esto tambien lo confirmo ya que en este insciso no incluye la leyenda que incluye en el insciso a): a) Tratándose de créditos cuya suerte principal al día de su vencimiento no exceda de $20,000.00, cuando en el plazo de un año contado a partir de que incurra en mora, no se hubiera logrado su cobro.[b:b94839970a] En este caso, se considerarán incobrables en el mes en que se cumpla un año de haber incurrido en mora.[/b:b94839970a] De antemano les agradezco y espero sus valiosos comentarios saludos
Tópico: SE DEBE SEÑALAR TASA DEL IMPUESTO TRASLADADO
Calculador

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 14, 2006 Asunto: Re: SE DEBE SEÑALAR TASA DEL IMPUESTO TRASLADADO
Exactamente, coincido con mluna, no se lee en la reforma "informar o plasmar la tasa de impuesto a la que se esta trasladado", sino desglosar las tasas, solo en caso de que tengas en una misma factura articulos o servicios a diferentes tasas deberas desglosar el IVA informando los montos y tasas aplicables, pero si solo facturas a una tasa no tienes que informar que es al 15, 10 o 0%. considero que no hay sustento que te obligue a tener que imprimir nuevas facturas, lo que puedes hacer es que en caso que tengas una factura con elementos gravados a diferentes tasas (que en muchas empresas no es muy comun) imprimas 2 facturas Esa es mi opinion pero esperemos comentarios
Tópico: Anexos del Dictamen Fiscal en el INFONAVIT
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 10, 2006 Asunto: Re: Anexos del Dictamen Fiscal en el INFONAVIT
Que no se te olvide llevar en original el dictamen fiscal de tu Auditor, ya que lo solicitan aun cuando no tienes empleados y no aceptan copias
Tópico: Iva informativas al 100%
Calculador

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 10, 2006 Asunto: Re: Iva informativas al 100%
Claro, no me explique bien, lo que cambio es que ahora es mensualmente, y en las operaciones con proveedores requiere la informacion del IVA de las facturas pagadas, y segun comentarios derivados del curso del SAT, tambien van a solicitar las cobradas a tus clientes, para hjacer un cruce de información, cosa que anteriormente no se nos solicitaba, ellos nos comentaron que seran al 100% incluyendo facturas de montos minimos, pero me parece una medida demasiado drastica y dificil de cumplir, por ejemplo para empresas como Telmex, Cablevision, que tieneen un mundo de clientes y proveedores, les ha comentado a ustedes algo en sus cursos?
Tópico: Iva informativas al 100%
Calculador

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 10, 2006 Asunto: Iva informativas al 100%
Compañeros: Buen día derivado de la reforma publicada en el pasado mes de junio, surge la necesidad de informar a la autoridad las operaciones con Proveedores pero tambien con CLIENTES, ya que como se lee la reforma señala el impuesto que se acredite o se traslade, saben ustedes si va a existir un monto minimo para enterar?, tendremos que informar de facturas pagadas con IVA de $15 pesos por ejemplo? espero sus valiosos comentarios
Tópico: Fecha limite Obligacion copia informe fiscal a Infonavit
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 18, 2006 Asunto: Re: Fecha limite Obligacion copia informe fiscal a Infonavit
Hola En caso que tengas trabajadores, capturas los anexos fiscales directamente en la pagina del infonavit y ahi mismo tienes que subir los informes del auditor en archivos (osea escaneado). En caso que NO tengas trabajadores en la pagina del infonavit encuentras la forma que tienes que llenar y entregar en el infonavit junto con un informe con firmas en original del auditor uqe te dictamina. Hasta donde me acuerdo la fecha maxima de entrega es 15 dias despues de la fecha limite para la presentacion de tu dictamen fiscal p.d. toda esta info la encuentras resumida en la pagina del infonavit en la parte de patrones, y obligaciones saludos
Tópico: Nuevas disposiciones de IVA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 10, 2006 Asunto: Re: Nuevas disposiciones de IVA
Esto me suena como a resentimiento con la derrota de otro candidato, pero este no es el foro para desprestigiar a ningun partido, no se dejen influenciar. p.d. nada que ver la contestacion de FDIAZS con el topico, si alguien tiene informacion de lo que pregunta regio comentenosla ya que a mi tambien me interesa como vamos a cumplir con las nuevas dispocisiones de octubre saludos
Tópico: Deducción de IVA de crédito incobrable
Calculador

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 10, 2006 Asunto: Re: Deducción de IVA de crédito incobrable
BR1 estoy de acuerdo contigo de encontrar un fundamento porque si representa un buen de dinero, pero no hay como fundamentar. ni hay nada en jurisprudencias, ni antecedentes de una pelea legal si alguien sabe de alguien, pr favor comentelo saludos
Tópico: Deducción de IVA de crédito incobrable
Calculador

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 07, 2006 Asunto: Re: Deducción de IVA de crédito incobrable
BR1 Me falto en el comentario anteior, preguntarte que opinas con deudas de 2002 y posteriores, en mi opinión no se debería de tomar como credito incobrable el saldo de la cuenta del cliente ya que el IVA (ya incluido en el saldo del cliente) nunca lo pague a hacienda? saludos

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