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Tópico: titulos de credito ietu
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 07, 2011 16:07:56 Asunto: Re: titulos de credito ietu
Artículo 6 IETU. Las deducciones autorizadas en esta Ley, deberán reunir los siguientes requisitos: I. III. Que hayan sido efectivamente pagadas al momento de su deducción, incluso para el caso de los pagos provisionales. Tratándose de pagos con cheque, se considera efectivamente erogado en la fecha en la que el mismo haya sido cobrado. [color=red]Igualmente, se consideran efectivamente pagadas cuando el contribuyente entregue títulos de crédito suscritos por una persona distinta[/color]. [color=blue]También se entiende que es efectivamente pagado cuando la obligación se extinga mediante compensación o dación en pago.[/color] Se presume que [color=red]la suscripción de títulos de crédito por el contribuyente[/color], diversos al cheque, c[color=blue]onstituye garantía del pago del precio o de la contraprestación pactada[/color]. En estos casos, se entenderá efectuado el pago cuando éste efectivamente se realice o cuando la obligación [color=red]quede satisfecha mediante cualquier forma de extinción.[/color]Cuando el pago se realice a plazos, la deducción procederá por el monto de las parcialidades efectivamente pagadas en el mes o en el ejercicio que corresponda 1-. Vea lo señalado en color rojo y azul, hay varios caminos, investigue que son títulos de crédito ( LGTOC ). 2-. Indudablemente la disposición se refiere a MATERIA CIVIL, por lo tanto puede usar la novación, dación de pago, compensación....segun sea el caso. [color=red]Medios de pago efectivamente erogado[/color]: 1-. cuando el interés del acreedor queda satisfecho mediante [u]cualquier forma de extinción de las obligaciones[/u], es decir, [color=blue]se considera efectivamente erogado cuando se realizan los siguientes actos:[/color] a)[color=red]La compensación[/color] se da lugar cuando dos personas reúnen la calidad de deudores y acreedores recíprocamente y por su propio derecho, extinguiéndose por ministerio de ley dos deudas, hasta la cantidad que importe la menor. (Artículos 2185 y 2186 del Código Civil Federal) b)[color=red]La confusión [/color]extingue obligaciones cuando las calidades de acreedor y deudor se reúnen en una misma persona. La obligación renace si la confusión cesa. (Artículo 2206 CCF) c)[color=red]La remisión de deudas[/color], conforme al artículo 2209 del Código Civil Federal, en la renuncia del derecho y remitir, en todo o en parte, las prestaciones que le son debidas, con excepción de aquellos casos en que la ley lo prohíbe. d)[color=red]La novación[/color] es un contrato por escrito en donde las partes en él interesadas lo alteran substancialmente substituyendo una obligación nueva a la antigua (artículos 2213 al 2215 del CCF). saludos
Tópico: deducciones
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 07, 2011 09:46:00 Asunto: Re: deducciones
Complementando lo expuesto por el Master Saúl, adjunto los numerales 31 F-III Penúltimo Párrafo LISR y 29-C CFF. saludos
Tópico: Multa por extemporaneidad se debe pagar 2 veces?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 06, 2011 18:07:31 Asunto: Re: Multa por extemporaneidad se debe pagar 2 veces?
[quote]Voy a ir directamente al sat, para que me den el fundamento de las 2 multas por extemporaneidad [/quote] ¿ [color=red]Los créditos que pagaste son los mismos o son diferentes[/color]? saludos
Tópico: Multa por extemporaneidad se debe pagar 2 veces?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 06, 2011 18:02:55 Asunto: Re: Multa por extemporaneidad se debe pagar 2 veces?
[quote]No hay fundamento de la multa por presentar el listado fuera de plazos. [/quote] ¿ El listado es una [color=red]declaración[/color]? ¿ [u]En donde se obliga la presentación del listado[/u]? saludos
Tópico: Validador de CFDs del SAT: Lento y con fallas
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 06, 2011 16:13:02 Asunto: Re: Validador de CFDs del SAT: Lento y con fallas
Así es Paco, aunque para algunos recibieron ' [color=red]su aguinaldo ' con el anexo 21[/color]..jejejeje. saludos
Tópico: OPCION PARA APEGARSE A LA REGLA 1.3.3.1.17.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 06, 2011 12:33:18 Asunto: Re: OPCION PARA APEGARSE A LA REGLA 1.3.3.1.17.
[quote]QUE OPCION ME ACONSEJAN TOMAR DE ESTA REGLA Y QUE RIESGOS TENDRIA AL ACEPTARLA[/quote] Puedes publicar aquí la Regla que citas ?
Tópico: Validador de CFDs del SAT: Lento y con fallas
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 06, 2011 10:05:58 Asunto: Re: Validador de CFDs del SAT: Lento y con fallas
[quote]esta herramienta estará funcionando adecuadamente a partir del 5 de enero de 2011[/quote] Precisamente ayer comentaba en otro tema que [color=red]los servidores del SAT son incapaces de soportar lo concerniente a los CFD,[/color] en fin....que se puede esperar.........y hoy, la ' herramienta ' sigue lenta. saludos
Tópico: NOTA CREDITO EN DEVOLUCION IVA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 06, 2011 10:02:38 Asunto: Re: NOTA CREDITO EN DEVOLUCION IVA
[quote][color=red]la nota de credito la realizo con fecha de Diciembre [/color]e [u]incluso me realizo el deposito a mi cuenta bancaria por los 23,200[/u][/quote] Entonces....¿ [color=red]en que mes[/color] [u]usted disminuirá [/u]la nota de crédito? saludos
Tópico: ¿TUA esta afecto a IVA?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 05, 2011 23:09:15 Asunto: Re: ¿TUA esta afecto a IVA?
Si el fisco considera NO AFECTO de IVA al tan multicitado TUA, que ésto no es mas que [color=red]una TARIFA [/color]...un derecho etc.....entonces la aerolínea no tiene incoveniente......pero entonces actuará como un tercero, ya que el GANON ES EL AEROPUERTO, porque al final de cuentas, la lana no es de la aerolínea, [color=red]sino del aeropuerto[/color]................ Si no vean el $ 1 peso que cobra VIVAAEROBUS. saludos
Tópico: sin facts papel, 3eros autoriz y folios en 2010
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 05, 2011 17:02:27 Asunto: Re: sin facts papel, 3eros autoriz y folios en 2010
Hablan de una prorroga, [color=red]pero hasta no ver no creer[/color]..........habrá que esperar........ saludos

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