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Tópico: Inscripción al RFC de trabajadores, ¿ solo en 2009 ?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 15, 2010 11:13:18 Asunto: Re: Inscripción al RFC de trabajadores, ¿ solo en 2009 ?
Me imagino mi estimado que la vigencia anual de la RM 2010-2011 la daran a conocer hasta el 2011-2012 vía RM...enfatizando para trabajadores en el 2010...ya vez como son nuestras autoridades hacendarias... saludos
Tópico: Caso en que podrán seguirse utilizando comprobantes impresos en establecimientos autorizados
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 15, 2010 11:10:30 Asunto: Re: Caso en que podrán seguirse utilizando comprobantes impresos en establecimientos autorizados
Saludos mi estimado Lobozac.. Si, y con respecto a la regla que comentabas en días pasados hacías incapié en el RFC Generico....
Tópico: Intermediación financiera RM
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 15, 2010 11:07:42 Asunto: Intermediación financiera RM
I.4.1.5. [color=red]Para los efectos del artículo 3, fracción I, cuarto párrafo de la Ley del IETU[/color], [u]se entiende por intermediación financiera aquella actividad por la cual las personas captan recursos del público en general, con el fin de otorgar préstamos[/u]. [color=red]Para estos efectos[/color], [u]se considera que se captan recursos del público en general cuando se acepte, solicite, ofrezca o promueva la obtención de fondos o recursos de personas indeterminadas,[/u] debiendo necesariamente realizar operaciones de depósito de dinero autorizadas [color=red]en términos de las disposiciones legales[/color]. LIETU 3 saludos
Tópico: Caso en que podrán seguirse utilizando comprobantes impresos en establecimientos autorizados
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 15, 2010 11:00:37 Asunto: Re: Caso en que podrán seguirse utilizando comprobantes impresos en establecimientos autorizados
Es un placer mi estimado Paco. saludos
Tópico: Opción de las personas físicas del régimen intermedio de no tener maquinas registradoras
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 15, 2010 10:57:50 Asunto: Opción de las personas físicas del régimen intermedio de no tener maquinas registradoras
I.3.12.2.1. [color=red]Para los efectos del artículo 134[/color], [u]tercer párrafo de la Ley del ISR[/u], los contribuyentes[color=blue] que opten por aplicar el Régimen establecido en la Sección II del Capítulo II del Título IV de la citada Ley[/color], [color=red]que no realicen operaciones con el público en general,[/color] [u]podrán no tener las máquinas registradoras de comprobación fiscal[/u] o los equipos o sistemas electrónicos de registro fiscal a que se refiere el precepto antes referido. LISR 134 saludos
Tópico: Caso en que podrán seguirse utilizando comprobantes impresos en establecimientos autorizados
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 15, 2010 10:47:45 Asunto: Re: Caso en que podrán seguirse utilizando comprobantes impresos en establecimientos autorizados
Igualmente saludos rsolis.
Tópico: Ingresos de personas físicas del sector primario obtenidos por la actividad realizada a través de personas morales ( Regimen Simplificado )
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 15, 2010 10:46:48 Asunto: Ingresos de personas físicas del sector primario obtenidos por la actividad realizada a través de personas morales ( Regimen Simplificado )
I.3.7.1. [color=red]Para los efectos del artículo 80, fracción I de la Ley del ISR[/color], [color=green]cuando los integrantes cumplan con sus obligaciones fiscales [/color]a través de una persona moral [u]dedicada exclusivamente a actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas[/u], [color=red]únicamente considerarán los ingresos [/color][u]que se obtengan[/u] por la actividad realizada [color=blue]a través de la persona moral de la cual sean integrantes[/color]. LISR 80 saludos
Tópico: Caso en que podrán seguirse utilizando comprobantes impresos en establecimientos autorizados
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 15, 2010 10:34:28 Asunto: Caso en que podrán seguirse utilizando comprobantes impresos en establecimientos autorizados
I.2.10.15. [color=red]Para efectos del artículo 29-A, fracción I del CFF,[/color] [color=blue]las personas morales que cambien de denominación, razón social o régimen de capital [/color][color=red]y las físicas que corrijan o cambien su nombre[/color], [u]podrán seguir utilizando los comprobantes que hayan impreso en establecimientos autorizados por el SAT hasta agotarlos o caduquen en los términos del segundo párrafo del citado artículo[/u], [color=red]siempre que hayan presentado los avisos correspondientes al RFC[/color], en virtud de que los referidos cambios [color=blue]no implican cambio de clave en el RFC [/color]en términos de la regla I.2.8.4. Al efecto, dichos contribuyentes [color=red]deberán anotar[/color], en su caso, en los comprobantes que utilicen la nueva clave del RFC junto a la clave del RFC que fue modificada con la leyenda “nueva clave de RFC”. Por su parte, [color=red]los contribuyentes que sean receptores de estos comprobantes, deberán incluir la nueva clave del RFC del emisor del comprobante en las declaraciones informativas[/color] donde deban proporcionar información de terceros. CFF 29-A, RMF 2010 I.2.8.4. saludos
Tópico: Inscripción al RFC de trabajadores, ¿ solo en 2009 ?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 15, 2010 10:27:26 Asunto: Inscripción al RFC de trabajadores, ¿ solo en 2009 ?
I.2.6.5. [color=red]Las solicitudes de inscripción de trabajadores a que se refiere el artículo 20, fracción II del Reglamento del CFF, se deberán presentar por el empleador [/color]mediante dispositivo magnético de conformidad con las características técnicas y con la información señalada en el Anexo 1, rubro C, numeral 6, inciso d), punto (3). Esta información [u]deberá presentarse ante la ALSC que corresponda a su domicilio fiscal.[/u] Asimismo, [color=red]para tener por cumplido [/color]el supuesto a que se refiere el artículo 20, segundo párrafo del Reglamento del CFF, [u]los empleadores que no hayan inscrito ante el RFC a las personas a quienes les hubieran efectuado[/u], [color=red]durante el ejercicio de 2009,[/color] pagos de los señalados en el Título IV, Capítulo I de la Ley del ISR, cuando la Declaración Informativa Múlt[color=blue]tendrán por [u]cumplida esta obligación [/color]iple que se encuentren obligados a presentar en los términos de el Capítulo II.2.14., contenga la información del RFC a diez posiciones y la CURP de las citadas personas.[/u] CFF 27, RCFF 20, RMF 2010 II.2.14. saludos
Tópico: Contribuyentes que dejen de optar por la opción del Portal Microe
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 15, 2010 10:05:22 Asunto: Contribuyentes que dejen de optar por la opción del Portal Microe
Para[color=red] los efectos de la regla I.2.4.2[/color]., en relación con el [color=red]último párrafo del artículo 6 del CFF[/color], [u]se entenderá[/u] que [u]los contribuyentes continúan ejerciendo la opción de utilizar el Portal Microe[/u], [color=blue]si en el mes de enero de cada año el contribuyente no presenta el aviso de solicitud de baja de la opción Microe[/color]. En caso de que los contribuyentes que hayan optado por utilizar el Portal Microe, [u]no concluyan el ejercicio fiscal ejerciendo la opción[/u], [color=red]deberán considerar [/color]las disposiciones de la Ley del ISR que les resulten aplicables, [u]desde el 1o. de enero del ejercicio de que se trate[/u], por lo que deberán, en su caso, [color=red]recalcular la deducción de sus inversiones[/color], la adquisición de mercancías y presentar las declaraciones complementarias que correspondan, acreditando los pagos provisionales efectuados en el periodo de la declaración complementaria. CFF 6, RMF 2010 I.2.4.2. saludos

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