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Autor | Mensaje |
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Tópico: revision sat | |
CPhugoocejo Mensajes: 9 |
Foro: Fiscal Enviado: Enero 28, 2010 12:24:13 Asunto: Re: revision sat |
el haberse suspendido en el 2003 No le exime a no enterar lo que su cliente cobro en el 2004, por lo tanto con los datos que nos menciona es procedente lo que le argumenta el fisco. Habra que revisar que facturas del 2003 fueron pagadas en el 2004.. Por lo tanto hay que demostrarle a la autoridad lo que de a lugar. saludos y suerte. | |
Tópico: Se retiene IVA? | |
CPhugoocejo Mensajes: 7 |
Foro: Fiscal Enviado: Enero 28, 2010 12:10:52 Asunto: Re: Se retiene IVA? |
De hecho la autoridad lo ratifica en el 2009. 112/2009/IVA Propinas. No forman parte de la base gravable del impuesto al valor agregado. El artículo 18 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado establece que para calcular el impuesto tratándose de prestación de servicios, se considerará como valor el total de la contraprestación pactada, así como las cantidades que además se carguen o cobren a quien reciba el servicio por otros impuestos, derechos, viáticos, gastos de toda clase, reembolsos, intereses normales o moratorios, penas convencionales y cualquier otro concepto. Asimismo, el artículo 346 de la Ley Federal del Trabajo indica que las propinas son parte del salario de los trabajadores por lo que los patrones no podrán reservarse ni tener participación alguna en ellas. De la interpretación armónica a los preceptos en cita se desprende que las remuneraciones que se perciben por concepto de propina no forman parte de la base gravable del impuesto al valor agregado por la prestación de servicios; lo anterior, ya que el prestador de los servicios, el patrón, no puede reservarse participación alguna sobre las propinas al ser parte del salario de los trabajadores. saludos | |
Tópico: DUDA LLENADO DEDUCCIONES LISTADO IETU | |
CPhugoocejo Mensajes: 16 |
Foro: Fiscal Enviado: Enero 27, 2010 18:46:49 Asunto: Re: DUDA LLENADO DEDUCCIONES LISTADO IETU |
Excelentes opiniones.. En lo personal coincido con el Maestro ( Kizu ) por los siguiente.. 1-. Las 3 Fracciones del numeral 1 del IETU NO son las unicas que gravan para IETU, si observamos el numeral 3 F-I segundo parrafo dice... No obstante lo dispuesto anteriormente, [color=red]los pagos de cualquier clase por el otorgamiento del uso o goce temporal de equipos industriales, comerciales o científicos, se consideran como ingresos afectos al pago del impuesto empresarial a tasa única [/color]que esta Ley establece, cualquiera que sea el nombre con el que se les designe F-II ultimo parrafo...establece... [u]El margen de intermediación financiera a que se refieren los párrafos anteriores se considerará ingreso afecto al pago del impuesto empresarial a tasa única[/u] F-IV primer y segundo parrafo establece.. Que los ingresos se obtienen cuando se cobren efectivamente las contraprestaciones correspondientes a las actividades previstas en el artículo 1 de esta Ley, de conformidad con las reglas que para tal efecto se establecen en la Ley del Impuesto al Valor Agregado. [color=red]Tratándose de los ingresos por enajenación de bienes o prestación de servicios independientes que se exporten[/color], para determinar el momento en que efectivamente se obtienen los ingresos se estará a lo dispuesto en el párrafo anterior. [u]En el caso de que no se perciba el ingreso durante los doce meses siguientes a aquél en el que se realice la exportación, se entenderá efectivamente percibido el ingreso en la fecha en la que termine dicho plazo.[/u] 2-. Tanto la prestacion por servicios independientes, como el uso o goce en sus numerales 14 y 19 LIVA , son conceptos amplios, es decir, habla desde el seguro, mandato, comision, entonces, un contribuyente que tiene varias obligaciones, independientemente de su status, debe plasmar en el listado, no puede poner , esto es por servicios independientes o esto uso o goce, maxime que el suscrito tiene mezcladas ambas actividades, ¿ entonces donde las ubicariamos ? saludos | |
Tópico: ESTATUS DE LA VERSION CORREGIDA DEL LISTADO DE CONCEPTOS LIETU | |
CPhugoocejo Mensajes: 15 |
Foro: Fiscal Enviado: Enero 27, 2010 18:10:33 Asunto: Re: ESTATUS DE LA VERSION CORREGIDA DEL LISTADO DE CONCEPTOS LIETU |
Te comento que ya hice pruebas en el mismo y no me sale error...[u][b][color=red]salvo [/color][/b][/u]tus deducciones sean mayores a tus ingresos, ahi es donde no hace la suma correcta, no se si a eso te refieres.. saludos que pasa Hugo ?........pues de cual fumas ?.....precisamente ese es el asunto.......jojojo que no han corregido nada,..........a menos que nos digan donde esta la 'nueva' Que pasó mi estimado Lobozac, sabía que alguien me iba a preguntar sobre lo que expuse jejeje, pero no pensé que fueras tu mi buen....o..quizás no me di a entender de manera adecuada. Te comento lo siguiente.. 1-. Las pruebas que le hice al citado fueron con ingreso MAYORES que mis deducciones autorizadas= ahi si considera correctamente LA BASE DEL IETU.( aqui no me sale el error ) 2-. Las pruebas que le hice al citado fueron con ingreso MENORES que mis deducciones autorizadas= ahi no considera correctamente LA BASE DEL IETU.( aqui si me sale el error ) 3-. He ahí el porque comenté en mi participación anterior ambos eventos. 4-. ¿ La nueva versión ? aun no no la publica el SAT mi estimado...jeje pd-. ¿ de cual fumo ? jeje..ya quisiera fumarme a una Zacatecana que acabo de ver por tierras regias....jejeje Un saludo | |
Tópico: DUDA LLENADO DEDUCCIONES LISTADO IETU | |
CPhugoocejo Mensajes: 16 |
Foro: Fiscal Enviado: Enero 27, 2010 14:56:34 Asunto: Re: DUDA LLENADO DEDUCCIONES LISTADO IETU |
Robert Tambien puede consultar el numeral 3 IETU F-I Primer parrafo, ahi mismo lo remitirá a la ley del IVA, mismos que ya le proporcionaron. saludos | |
Tópico: ESTATUS DE LA VERSION CORREGIDA DEL LISTADO DE CONCEPTOS LIETU | |
CPhugoocejo Mensajes: 15 |
Foro: Fiscal Enviado: Enero 27, 2010 14:42:33 Asunto: Re: ESTATUS DE LA VERSION CORREGIDA DEL LISTADO DE CONCEPTOS LIETU |
Que tal Robert.. Te comento que ya hice pruebas en el mismo y no me sale error...salvo tus deducciones sean mayores a tus ingresos, ahi es donde no hace la suma correcta, no se si a eso te refieres.. saludos | |
Tópico: ESTATUS DE LA VERSION CORREGIDA DEL LISTADO DE CONCEPTOS LIETU | |
CPhugoocejo Mensajes: 15 |
Foro: Fiscal Enviado: Enero 27, 2010 09:36:52 Asunto: Re: ESTATUS DE LA VERSION CORREGIDA DEL LISTADO DE CONCEPTOS LIETU |
espondas vea por favor este link....por ahi viene la versión. [url]http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/servicios/descargas/31_11035.html[/url] saludos | |
Tópico: 'FACTURAS APOCRIFAS' | |
CPhugoocejo Mensajes: 14 |
Foro: Fiscal Enviado: Enero 27, 2010 09:28:02 Asunto: Re: 'FACTURAS APOCRIFAS' |
[color=red]Esa es la finalidad de los comprobantes digitales[/color], en otras palabras, que [u]se termine la venta de comprobantes para evadir al IVA.[/u] saludos | |
Tópico: RECIBO DE ARRENDAMIENTO | |
CPhugoocejo Mensajes: 3 |
Foro: Fiscal Enviado: Enero 26, 2010 18:55:06 Asunto: Re: RECIBO DE ARRENDAMIENTO |
SE TRATA DE UNA PERSONA MORAL QUE PAGA RENTA POR EL INMUEBLE,[color=red] EL ARRENDATARIO ES UNA PERSONA FISICA. [/color] Me parece clara la redacción, en el sentido de que si el arrendatario es persona fisica y quien paga la renta es una PM procede la retención, en otras palabras el ingreso será para la persona fisica y a deducción será para la PM. Normalmente no debe facturarse con el concepto que describe, ya que lo que le prestan es el uso del inmueble, siendo así, y aun y cuando este por contrato el cobro del mantenimiento, lo correcto es plasmar en el concepto de la factura..' Renta de x Mes '... saludos | |
Tópico: 1% ADICIONAL | |
CPhugoocejo Mensajes: 7 |
Foro: Fiscal Enviado: Enero 26, 2010 18:03:58 Asunto: Re: 1% ADICIONAL |
ademas este link.. [url]ftp://ftp2.sat.gob.mx/asistencia_servicio_ftp/publicaciones/impauto/IEPS_IVA_Complemento.pdf[/url] saludos |
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