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Tópico: Persona física que compra y vende frutas
jpontifes

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 06, 2018 17:02:53 Asunto: Persona física que compra y vende frutas
Hola: Tengo dudas referente a una persona física que compra y vende frutas, bajo que regimen se debe registrar y tendra beneficios fiscales. Gracias por su apoyo.
Tópico: Declaracion informativa trimestral al SAT sobre los comprobantes fiscales emitidos con CBB
jpontifes

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 14, 2011 22:16:04 Asunto: Re: Declaracion informativa trimestral al SAT sobre los comprobantes fiscales emitidos con CBB
En el decreto del 12 diciembre de 2011 Artículo 29-B. Los contribuyentes, en lugar de aplicar lo señalado en los artículos 29 y 29-A de este Código, podrán optar por las siguientes formas de comprobación fiscal: I. Comprobantes fiscales en forma impresa por medios propios o a través de terceros, tratándose de contribuyentes cuyos ingresos para efectos del impuesto sobre la renta, declarados en el ejercicio inmediato anterior, no excedan de la cantidad que establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general. Dichos comprobantes deberán expedirse y entregarse al realizar los actos o actividades o al percibir los ingresos, y cumplir con los requisitos siguientes: a) Los establecidos en el artículo 29-A de este Código, con excepción del previsto en la fracción II del citado artículo. b) Contar con un dispositivo de seguridad, mismo que será proporcionado por el Servicio de Administración Tributaria, el cual deberá cumplir con los requisitos y características que al efecto establezca el citado órgano desconcentrado mediante reglas de carácter general. Los dispositivos de seguridad a que se refiere este inciso deberán ser utilizados dentro de los dos años siguientes a que sean proporcionados por el Servicio de Administración Tributaria, en el comprobante respectivo se deberá señalar dicha vigencia. c) Contar con un número de folio que será proporcionado por el Servicio de Administración Tributaria, a través del procedimiento que para tal efecto establezca el citado órgano desconcentrado mediante reglas de carácter general. [color=red][b] Los contribuyentes deberán presentar trimestralmente al Servicio de Administración Tributaria declaración informativa con la información correspondiente a los comprobantes fiscales que hayan expedido con los folios asignados. En caso de que no se proporcione dicha información no se autorizarán nuevos foli[/color]os.[/b]
Tópico: CARTA INVITACION DE AUDITORIA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 14, 2010 09:42:49 Asunto: Re: CARTA INVITACION DE AUDITORIA
Asi es lo mas recomendable es atender la invitacion, en lo personal a uno de mis clientes tambien le llego esa carta invitacion sobre las retenciones a terceros y la persona que nos atendio solo pidio papeles de trabajo que soportaran los importes de las declaraciones y en dos visitas que realize se acabo el problema. Suerte.
Tópico: facturas de gasolina (requisitos adicionales)
jpontifes

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 29, 2009 11:34:59 Asunto: Re: facturas de gasolina (requisitos adicionales)
Creo que esto es a lo que te refieres, espero aun te sirva. Adicionalmente la Resolución Miscelánea Fiscal establece requisitos específicos para las facturas de venta de gasolina, diesel, gas natural para combustión automotriz o gas licuado de petróleo para combustión automotriz los cuales son: Gasolina o diesel (Regla II.2.22.8. de la Resolución Miscelánea Fiscal 2008- 2009.). 1. Clave de cliente de PEMEX de la estación de servicio, a 10 caracteres. 2. Medio en que se realizó el pago, ya sea efectivo, cheque o tarjeta. 3. Clave de producto PEMEX, a 5 caracteres.

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