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Tópico: Tipos de poliza
marasacp

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 30, 2015 19:18:29 Asunto: Re: Tipos de poliza
Y que pasa si se manejan de otra manera: Cheques: para pagos con cheques (valga la redundancia) Diario: para los ingresos para factura, los pagos por transferencia, depreciaciones, comisiones bancarias, diferencias cambiarias, provisión de gastos (imss y proveedores), transferencias (bancarias) entre cuentas propias , pago de impuestos federales Ingreso: para la cobranza. Creen que exista problema? Gracias por los comentarios
Tópico: Factor de Actualizacion en remanentes
marasacp

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 28, 2015 21:08:49 Asunto: Re: Factor de Actualizacion en remanentes
Hola Jessica, Tu apreciación es correcta y los fundamentos que das son los correctos. Y a pesar de que no hay nada escrito para actualizar remanentes, la lógica y, más aún, la experiencia personal (comprobada con las autoridades sin ninguna observación en revisiones y auditorias por el procedimiento) es la de actualizar el remanente desde la ultima actualización y hasta el siguiente periodo en el cual compensarás (claro meses anteriores conforme al 17 -A). Saludos
Tópico: Para efectos de IVA?
marasacp

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 27, 2015 18:29:16 Asunto: Re: Para efectos de IVA?
Los requisitos para el acreditamiento: 1- Haber realizado el pago 2. Contar con comprobante que cumpla requisitos fiscales, es decir CFDI. Si el CFDI esta expedido en julio, en julio se debe acreditar el IVA. Saludos
Tópico: UBER: Sistema de transporte
marasacp

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 27, 2015 14:17:40 Asunto: Re: UBER: Sistema de transporte
Gracias por la confianza Juan. Déjame revisarlo y nos estamos comunicando. SAludos y que tengas una excelente semana.
Tópico: ISR POR ARRENDAMIENTO
marasacp

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 23, 2015 10:12:36 Asunto: Re: ISR POR ARRENDAMIENTO
Hola Lizcano, La Ley es clara e indica que el impuesto se determinara de manera mensual con la tarifa del artículo 96. La 'única forma' (si, entre comillas) de disminuir la tasa es con las deducciones, par lo cual hay dos alternativas: a) La deducción opcional (mejor conocida como deducción ciega) en la que deduces el 35% de los ingresos recibidos en el periodo. En este caso también se puede deducir adicional al 35% el predial, unicamente el predial. b) La deducción comprobada, que su nombre lo dice, deduces lo que se pueda comprobar según lo que establece el artículo 115. La alternativa que tomes para tus deducciones es por ejercicio fiscal y no puedes cambiarla sino hasta el siguiente. No existe otra forma de hacer que la tasa impositiva sea menor. Saludos
Tópico: PAGO DE DIVIDENDOS PROVENIENTES DE CUFIN
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 22, 2015 13:50:52 Asunto: Re: PAGO DE DIVIDENDOS PROVENIENTES DE CUFIN
Con gusto, apoyando a los colegas, poniendo un granito de arroz.
Tópico: PAGO DE DIVIDENDOS PROVENIENTES DE CUFIN
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 21, 2015 17:19:20 Asunto: Re: PAGO DE DIVIDENDOS PROVENIENTES DE CUFIN
El saldo de la CUFI]N no tiene caducidad, solo que ahora hay dos cufines una hasta 2013 y otra a partir de 2014. Debes de verifica si existe tratado para evitar la doble imposición con el país donde es residente la empresa, y verificar la tasa de imposición y en su caso la ley del ISR en el tema de pagos al extranjero (art .164 LSIR). Saludos
Tópico: DISMINUCION DE OBLIGACIONES
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 20, 2015 18:04:56 Asunto: Re: DISMINUCION DE OBLIGACIONES
Keshi, Entonces lo que procede es que en el portal del SAT llenes el cuestionario de actualización de obligaciones para que manifiestes que tus ingresos será únicamente por sueldos y salarios. De esta forma se darán de baja las demás obligaciones. Pero te recuerdo que todavía tendrás obligación de presentar tu declaración anual de 2015 en abril del 2016 con tus ingresos de sueldos y actividad empresarial. Saludos
Tópico: DISMINUCION DE OBLIGACIONES
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 20, 2015 16:29:29 Asunto: Re: DISMINUCION DE OBLIGACIONES
Hola Keshi, No veo porque no puedas disminuir la obligación, eso no significa que se 'borre' la obligación de los periodos anteriores y como comentas, debes de pagar tus obligaciones, que salvo algo que no hayas comentado, y si no te los han requierido , considero que estos ya prescribieron, ya que ya pasaron los 5 años en los que prescriben las obligaciones (art 146 CFF) Disminuir obligaciones implica que sigas tributando en algún régimen., Su tu intención es ya no estar activa entonces implica una SUSPENSION DE ACTIVIDADES que no es lo mismo. SAludos
Tópico: Presuntiva de Ingresos por Errores en Asientos Contables
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 20, 2015 12:14:56 Asunto: Re: Presuntiva de Ingresos por Errores en Asientos Contables
Hola Adrian, En estricta teoría con lo que fundamentas, expones y soportas (con documentación, de compra de erp, estados de cuenta, donde se muestren ingresos, auxiliares y pólizas del ERP donde se vea claramente los cargos y abonos de cancelación de movimientos) debió de haber sido 'suficiente' para demostrar que tus 80M no son ingresos, sino correcciones. Considero que ya es tema de otro costal, te sugiero ir a la PRODECON a exponer tu caso, y también asesorarte con un Abogado Fiscalista. Saludos

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