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Autor | Mensaje |
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Tópico: Factura expedida en 2013 pagada en 2012 | |
Guarumo Mensajes: 9 |
Foro: Fiscal Enviado: Enero 22, 2013 11:27:30 Asunto: Re: Factura expedida en 2013 pagada en 2012 |
[color=red]con gusto kity arts 29,29-A,29-B adjunto información de la pag de mi master Hugo Ocejo Uno de los puntos importantes referentes a la aplicación del Estado de Cuenta como medio para deducir operaciones sin contar con los comprobantes fiscales y que nos ayuda en nuestra labor diaria es la siguiente. Artículo 29-B. CFF Los contribuyentes, en lugar de aplicar lo señalado en los artículos 29 y 29-A de este Código, podrán optar por las siguientes formas de comprobación fiscal: II. Los estados de cuenta impresos o electrónicos que expidan las entidades financieras, las sociedades financieras comunitarias y los organismos de integración financiera rural a que se refiere la Ley de Ahorro y Crédito Popular, o las personas morales que emitan tarjetas de crédito, de débito, de servicio o las denominadas monederos electrónicos autorizadas por el Servicio de Administración Tributaria, siempre que en el estado de cuenta se consignen los impuestos que se trasladan desglosados por tasa aplicable, contenga la clave de inscripción en el registro federal de contribuyentes tanto de quien enajene los bienes, otorgue su uso o goce o preste el servicio, como de quien los adquiera, disfrute su uso o goce o reciba el servicio, y estos últimos registren en su contabilidad las operaciones amparadas en el estado de cuenta. Los estados de cuenta a que se refiere el párrafo anterior que se expidan sin que contengan los impuestos que se trasladan desglosados por tasa aplicable, también podrán utilizarse como medio de comprobación para los efectos de las deducciones o acreditamientos autorizados en las leyes fiscales, siempre que se trate de actividades gravadas con las tasas y por los montos máximos que señale el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general. En el primer párrafo NO existe limite en cuanto a monto a deducir, siempre que este desglosado el impuesto por la tasa aplicable En el segundo párrafo SI existe limite en cuanto a monto a deducir, porque NO esta desglosado el impuesto por la tasa aplicable, en este segundo punto es donde te envía a las RM.[/color] | |
Tópico: Devoluciones automaticas de ejercicio 2011 ¿cuando termina? | |
Guarumo Mensajes: 22 |
Foro: Fiscal Enviado: Enero 22, 2013 10:19:07 Asunto: Re: Devoluciones automaticas de ejercicio 2011 ¿cuando termina? |
Oye Garumo, y ahora quieres tomar el papel de Lobozac o qué? Vaya respuesta 'Puedes preguntar en INFONSAT'... y tú crees que ahí responden bien? Pues así como puede preguntar en INFOSAT puede preguntar aquí. Y al regla a la que lo refieres??? qué relación tiene con su pregunta??? No preguntó que si todas entran en automático, preguntó que cuándo terminan. Por favor no tomes el papel de 'educador' del foro, que tanto molesta a los foristas como un servidor. Th. que tal th [color=red]bueno, bueno seré breve y directo primero-. cada persona es distinta segundo-. a mi me responden en infosat,creo a usted no tercero-. la reglita es un parámetro,porque como va a presentar devolución automática,sino sabe que monto rige y fíjese de que año es (2011)y no se la han devuelto.¿me entiende? cuarto-. ¿usted ha hecho declaraciones de años anteriores en forma automática?,me parece que no. quinto-.no educo a nadie,imaginese a estudiar colega[/color] | |
Tópico: DUDA ASIMILADOS A SALARIOS O SERVICIOS PROFESIONALES | |
Guarumo Mensajes: 14 |
Foro: Fiscal Enviado: Enero 22, 2013 09:58:32 Asunto: Re: DUDA ASIMILADOS A SALARIOS O SERVICIOS PROFESIONALES |
[color=red]que tal Vicentino este humilde contador ( con cierto estilo )agradece sus comentarios.[/color] | |
Tópico: representante legal de una SCP Sociedad civil particular | |
Guarumo Mensajes: 6 |
Foro: Fiscal Enviado: Enero 22, 2013 09:50:53 Asunto: Re: representante legal de una SCP Sociedad civil particular |
[color=red]que tal allende bueno, bueno, quizás algunos no les gusta estudiar[/color] | |
Tópico: Factura expedida en 2013 pagada en 2012 | |
Guarumo Mensajes: 9 |
Foro: Fiscal Enviado: Enero 22, 2013 09:49:07 Asunto: Re: Factura expedida en 2013 pagada en 2012 |
[color=red]mi no saber porque complicarse la existencia,si puede deducir via CFF,RM[/color] | |
Tópico: NEGOCIO FAMILIAR | |
Guarumo Mensajes: 8 |
Foro: Fiscal Enviado: Enero 21, 2013 17:27:26 Asunto: Re: NEGOCIO FAMILIAR |
[color=red]llegando barrido como mis 49 ^s a mi ver no aplica la copropiedad,ver el articulo 953-954 del CCF,por lógica en un taller.[/color] | |
Tópico: Devoluciones automaticas de ejercicio 2011 ¿cuando termina? | |
Guarumo Mensajes: 22 |
Foro: Fiscal Enviado: Enero 21, 2013 13:32:22 Asunto: Re: Devoluciones automaticas de ejercicio 2011 ¿cuando termina? |
[color=red]jm No batalle,vea la reglita I.2.3.1, podrá ver que no todos son en automático[/color] [i]Editado: Enero 21, 2013 13:57:26[/i] | |
Tópico: ¿QUE ARTICULOS DE LA LEY DEL ISR SE REFIEREN A LAS PERSONAS FISICAS QUE TIENEN INGRESOS POR SER BENEFICIARIOS DE UN FIDEICOMISO (FIDEICOMISARIO)? | |
Guarumo Mensajes: 4 |
Foro: Fiscal Enviado: Enero 21, 2013 10:47:27 Asunto: Re: ¿QUE ARTICULOS DE LA LEY DEL ISR SE REFIEREN A LAS PERSONAS FISICAS QUE TIENEN INGRESOS POR SER BENEFICIARIOS DE UN FIDEICOMISO (FIDEICOMISARIO)? |
[color=red]¿ régimen que tributan las PF? ¿ Como se efectúan las operaciones ?,muchas cosas colega por aclarar[/color] | |
Tópico: representante legal de una SCP Sociedad civil particular | |
Guarumo Mensajes: 6 |
Foro: Fiscal Enviado: Enero 18, 2013 17:27:01 Asunto: Re: representante legal de una SCP Sociedad civil particular |
[color=red]Puedes enlazar la LGSM,CFF sobre bienes inembargables,como vez[/color] | |
Tópico: DUDA ASIMILADOS A SALARIOS O SERVICIOS PROFESIONALES | |
Guarumo Mensajes: 14 |
Foro: Fiscal Enviado: Enero 18, 2013 11:09:32 Asunto: Re: DUDA ASIMILADOS A SALARIOS O SERVICIOS PROFESIONALES |
[color=red]bueno,lo prometido es deuda y degustando un rico cafecito uno-.El ser profesional es uno y que la ley no lo prohíba es otro, no debemos confundir,siempre he dicho, ojo con los términos/vocablos que expresamos. dos-. Sin lugar a dudas, el fisco me da una facilidad en ISR y que yace en el articulo 110 de la suscrita ley tres-. la fracción que se expresa es única y no sujeta a subordinación..¿la leemos? V. Los honorarios que perciban las personas físicas de personas morales o de personas físicas con actividades empresariales a las que presten servicios personales independientes, cuando comuniquen por escrito al prestatario que optan por pagar el impuesto en los términos de este Capítulo. si se lee correctamente y propiamente no figura la subordinación,simple, porque no existe condición de quien preste el servicio asimilable este forzosamente con el contribuyente, lean bien, bien, dice ' comuniquen ', por eso digo,cuidado con los vocablos, ojo, ojo. quizás, quizás ,algunos expresen servicios a un prestatario,ojo,,cuiden un vocablo importante que se llama,'preponderante',no es simular,es planear,palabras distintas. sobre todo estudien los elementos y cuando existe subordinación,por tanto no existe prohibición alguna a usar la facilidad en ISR. el tema tiene mas,pero vamos a dar oportunidad a que opinen mas colegas[/color] |