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Autor | Mensaje |
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Tópico: SOCIEDAD COOPERATIVA PARA IMSS | |
Miriam Mensajes: 6 |
Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 30, 2005 Asunto: Re: SOCIEDAD COOPERATIVA PARA IMSS |
Pero...una distribuidora, en mi opinión, no puede constituirse como sociedad cooperativa (por su propia actividad). Saludos | |
Tópico: FONDO DE AHORRO | |
Miriam Mensajes: 5 |
Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 29, 2005 Asunto: Re: FONDO DE AHORRO |
1.- Que sea de manera general (no confundir con universal) 2.- Que las aportaciones tanto del patrón como del trabajador, sean iguales (el mismo %). 3.- Que dicho %, no rebase del 13. 4.- Que la aportación patronal en el año, no sea superios de 1.3 salarios mínimos del área geográfica del contribuyente ($20,901.72 para la zona "c"). 5.- El trabajador sólo puede retirar el fondo una vez al año. 6.- Se le puede otorgar al trabajador, un solo préstamo con garantía del fondo de ahorro en el año. Creo que son los requisitos más importantes. Saludos | |
Tópico: Horas extras, existe algun tope?????? | |
Miriam Mensajes: 8 |
Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 29, 2005 Asunto: Re: Horas extras, existe algun tope?????? |
Las primeras 9 horas las pagas dobles, las siguientes 37 son triples. Las que pagas triples integran salario para efectos de IMSS, dividendo su importe entre el número de días del bimestre (datos correspondientes al bimestre anterior). Para ISR, únicamente las que se pagan doble tienen la posibilidad de estar exentas (el 50% ó 5 salarios mínimos diarios, lo que sea menor. Saludos | |
Tópico: SOCIEDAD COOPERATIVA PARA IMSS | |
Miriam Mensajes: 6 |
Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 29, 2005 Asunto: Re: SOCIEDAD COOPERATIVA PARA IMSS |
¿Qué tipo de sociedad cooperativa? La ley correspondiente acepta tres tipos: de producción de bienes y/o servicios, de consumo y de ahorro y préstamo. Por otro lado, ignoro el artículo de la LSS que, según dicen los compañeros, establece como salario base de cotización, el salario mínimo general; muy por el contrario, el art. 28A detalla como calcular dicho sbc. Por lo que se refiere al ISR, los anticipos que se paguen a los socios, se asimilan a salarios a fin de efectuar la retención correspondiente. Saludos | |
Tópico: CAUSAN IVA EN COMISIONES | |
Miriam Mensajes: 4 |
Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 29, 2005 Asunto: Re: CAUSAN IVA EN COMISIONES |
En mi opinión, es tasa 0% por tratarse de exportación de servicios, en los términos del art. 29, fracc. IV, inciso d), de la LIVA. Saludos | |
Tópico: maternidad | |
Miriam Mensajes: 7 |
Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 27, 2005 Asunto: Re: maternidad |
Las prestaciones en especie se otorgan con la única condición de que estén inscritas. Las prestaciones en dinero (subsidio por incapacidad, 42 días antes y 42 días después del parto), sólo que se tengan 30 semanas cotizadas en los últimos 12 meses (puede ser con diferentes patrones); sin embargo, si no se cumple con esta condición, de cualquier forma la madre trabajadora recibirá el subsidio; sólo que éste lo pagará el patrón. Saludos | |
Tópico: venta de oficina | |
Miriam Mensajes: 3 |
Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 26, 2005 Asunto: Re: venta de oficina |
El IVA únicamente sobre el valor de la construcción. Saludos | |
Tópico: ACTIVO ENDOSADO DEDUCIBLE????? | |
Miriam Mensajes: 5 |
Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 23, 2005 Asunto: Re: ACTIVO ENDOSADO DEDUCIBLE????? |
Hace algunas semanas se trató el tema, inclusive subimos una tesis del TFJFA, que se refería a la adquisición de automóviles. Saludos | |
Tópico: Aguinaldo en base a sueldo promedio? | |
Miriam Mensajes: 8 |
Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 23, 2005 Asunto: Re: Aguinaldo en base a sueldo promedio? |
Para Rayafama: El promedio lo obtienes de dic. del año de calendario anterior, a nov. del año de calendario actual. Saludos | |
Tópico: Fondo de ahorro | |
Miriam Mensajes: 10 |
Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 23, 2005 Asunto: Re: Fondo de ahorro |
¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡Aguas!!!!!!!!!!!!!!!, generalidad no es lo mismo que universalidad; perfectamente se puede establecer en el plan de previsión social que sólo tendrán derecho al fondo de ahorro, aquellos trabajadores con antigüedad superior, por ejemplo, a tres meses. Saludos |