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Tópico: formas fiscales anteriores a 2003
OISC

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 23, 2005 Asunto:
Buenas tardes. Para efectuar los pagos provisionales, mensuales, trimestrales, cuatrimestrales o semestrales, que debieron haberse presentado a más tardar en el mes de julio de 2002, incluyendo sus complementarias, extemporáneas y de corrección fiscal, se utilizarán las formas oficiales que a continuación se relacionan: I. Los pagos provisionales a que se refiere el primer párrafo de esta regla y, en su caso, la primera parcialidad y las retenciones que deben enterar los contribuyentes del ISR, IMPAC, IVA, IVBSS e impuesto sustitutivo del crédito al salario, la forma oficial 1-D o 1-D1, según corresponda. II. Los notarios, corredores, jueces y demás fedatarios que por disposición legal tengan funciones notariales, enterarán los pagos provisionales del ISR e IVA correspondientes a la enajenación y adquisición de bienes, mediante la forma oficial 1A. III. Los contribuyentes del IEPS, efectuarán los pagos mensuales y, en su caso, el pago de la primera parcialidad y/o retenciones de dicho impuesto, en la forma oficial 1-D1 o 1E, según corresponda. IV. Los contribuyentes del IEPS, en materia de bebidas alcohólicas efectuarán los pagos definitivos en la forma oficial 1-D1. Para los efectos del artículo 5o., quinto párrafo de la Ley del IVA vigente hasta el 31 de diciembre de 2002, los contribuyentes para efectuar el ajuste del impuesto correspondiente en los pagos provisionales, utilizarán el Anexo 1 de la forma oficial 1-D. Tomado de RMF 2005 No. 2.9.1 A partir de julio de 2002 por internet. ¡¡Saludos!!
Tópico: CUOTA IVA $200.00 BIMESTRALES EN VERACRUZ, PROCEDE
OISC

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 23, 2005 Asunto:
Buenos días. A raiz de lo comentado por el colega Vencitore, llame al telefono de SEFIPLAN para conocer si ya estaban cobrando cuotas de IVA y yo no estaba enterado y me lleve la gran sorpresa de que a partir del mes de septiembre comenzarán a cobrar las cuotas conjuntas de IVA e ISR, recuerden que el día 6 de julio del presente año se firmo el "Anexo No.3 al Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Estado de Veracruz" Para mayor información al respecto me dijeron que acudiera a la Ofna. de Hacienda del Estado más cercana, ya que la nueva tarifa no ha sido publicada en la gaceta, pero en dichas oficinas cuentan con informacion al respecto. ¡¡Saludos!!
Tópico: CUOTA IVA $200.00 BIMESTRALES EN VERACRUZ, PROCEDE
OISC

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 22, 2005 Asunto:
Buenos días. En primer lugar el pago que haces al Estado de Veracruz no es IVA es ISR, por que hasta donde tengo entendido en el Estado de Veracruz aún no cobra las cuotas de IVA, quienes lo han estado pagando, lo han hecho a la Federación (SAT). En cuanto a lo que comentas que el cobro fundamentado en la Miscelanea es inconstitucional es correcto, sin embargo, has las cuentas que te conviene más, dejar de pagar las cuotas de IVA y esperar a que la autoridad te las requiera y meter algun recurso que posiblemente te nieguen y quizas irte a un juicio en el cual tienes muchas posibilidades de ganar, pero ese juicio cuesta $$$ ó pagar las cuotas de IVA a la Federación. Es tu decisión Costo-Beneficio. Espero este comentario te sea de utilidad.
Tópico: Integración de una SC
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 22, 2005 Asunto: Re: Integración de una SC
[quote:aa96982886="novatito"]si son solo dos socios ¿¿¿deben mencionar a otras personas para los otros cargos?? aunque no sean socios o ¿¿¿ ellos mismos pueden ocupar dichos cargos?? perdonen mi ignorancia[/quote:aa96982886] Buenos días. Eso depende de la forma enque sera dirigida y administrada la sociedad, si designas administrador único, entonces no tienes que mencionar los cargos que enlistas. Por otra parte si decides que la administre una JUNTA DE ADMINISTRACION, necesitas por lo menos tres socios Presidente, Secretario y Tesorero), por lo que en tu caso lo más recomendable es que sea un administrador unico. Espero lo anterior te sea de utilidad. ¡¡Saludos!!
Tópico: credito al salario
OISC

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 20, 2005 Asunto:
Buenas tardes. Deja ver si te entendí, tu pregunta es ¿Contra que puedes acreditar el CAS pagado al trabajador? Respuesta: contra el ISR propio (Ya seas persona moral o persona fisica) y contra el retenido a terceros (Honorarios, Salarios, etc.) Dale una leyda al útimo párrafo del revivido art. 115 LISR. Obviamente, si eres PM lo puedes acreditar contra el ISR personas morales. Espero haberte apoyado en algo. ¡¡Saludos!!
Tópico: alta como socio
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 20, 2005 Asunto:
Buenos días. Te pido una disculpa por no haber leydo correctamente tu pregunta inical, solo debes presentar la forma R2, marcar el cuadro de aumento de obligaciones y la clave de socio accionista es la [b:2295fc1bdc]S189[/b:2295fc1bdc]. Recibe un cordial saludo.
Tópico: alta como socio
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 20, 2005 Asunto:
Asi es, igual R2, sin anexos.
Tópico: FUNDAMENTO LEGAL
OISC

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 20, 2005 Asunto: Re: FUNDAMENTO LEGAL
[quote:b92542313e="noe227"]YA QUE ME LLEGO UN REQUERIMIENTO, PARA QUE CUMPLA CON LA OBLIGACION DE PRESENTAR EL AVISO DE INSCRIPCION DE ASALARIADOS Y/O ASIMILADOS A SALARIOS.[/quote:b92542313e] Buenos días. Noe, toma en cuenta que el texto publicado en la miscelanea se refiere a los trabajadores que prestaron su servicio a la empresa en 2004, por lo que si tienes trabajadores que hayan ingresado a laborar en este 2005, tenías que haberlos inscrito al RFC de acuerdo a los dispuesto por los arts. 27 CFF, 15 fracc. III, 16 y 17 RCFF y RMF 2.3.6 Espero lo anterior te sea de utilidad. ¡¡Saludos!!
Tópico: alta como socio
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 20, 2005 Asunto: Re: alta como socio
Buenos días. Ninguno, solo debes de llenar el aviso R1 y en la hoja 3, rubro nueve marcas las opción de "Socio accionista" y anexar la documentación correspondiente [url=http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/tramites_fiscales/guia_r_t/24_1782.html]AQUI[/url], puedes consultar la documentación que te piden para darlo de alta. ¡¡Saludos!!
Tópico: DECRETO DEL IMPAC
OISC

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 17, 2005 Asunto: Re: DECRETO DEL IMPAC
Buenas tardes. Al parecer ya no va a salir, asi es que lo más aconsejable es ir haciendo cálculos y presentar las declaraciones correspondientes. Si el contribuyente el año pasado no tuvo utilidad, recuerden que tiene la opción de acreditar contra IMPAC determinado en pagos provisionales las cantidades de ISR pagadas en exceso sobre el IMPAC de los últimos 3 ejercicios de acuerdo al art. 9o LIA. Si el contribuyente ha tenido perdidas durante sus últimos 3 ejercicios, y por consecuencia no ha pagado ISR o ha venido aplicado perdidas fiscales anteriores, pues que pague por lo menos IMPAC este ejercicio para que contribuya con algo para México. ¿No creen? ¡¡Saludos!!

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