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09/Jul/20 15:29
Enfermedad o Accidente de Trabajo?

Buenas tardes

Quisiera exponer mi caso para saber sus comentarios... en días pasados tuvimos un accidente de trabajo, un operador al estar vaciando hidróxido de sodio a un contenedor pequeño se le derramo el liquido de la rodilla al tobillo, ocasionándole una quemadura en el mismo

Fue al IMSS y obvio regresó con su respectiva ST7 para el llenado, lo curioso del asunto es que esperábamos la dictaminación del accidente como un 'SI DE TRABAJO' y llego con una ST9 'Enfermedad de Trabajo', misma que esta ya dictaminada como 'SI ENFERMEDAD DE TRABAJO'

Y aquí viene mis dudas: porque la autoridad determina una enfermedad cuando no tiene las causales? Para el caso de la siniestralidad de la prima de riesgo, esta enfermedad cuenta igual que un accidente de trabajo? Tiene algún caso meter un escrito de desacuerdo ante el IMSS por manejarla como Enfermedad en vez de accidente?

Agradezco muchísimo me compartan su sabiduria!!
 
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ELIZABETHOV
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09/Jul/20 16:18
Re: Enfermedad o Accidente de Trabajo?

Considerando el Art.43 de la LSS, que una enfermedad laboral es todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo, o en el medio en el que el subordinado se vea obligado a prestar sus servicios.

Asimismo el Art. 83 menciona.. Los patrones deben cooperar con el Instituto en la prevención de los riesgos de trabajo, en los términos siguientes:
I. Facilitarle la realización de estudios e investigaciones;
II. Proporcionarle datos e informes para la elaboración de estadísticas sobre riesgos de trabajo, y
III. Colaborar en el ámbito de sus empresas a la adopción y difusión de las normas sobre prevención de riesgos de trabajo.

En su caso el IMSS enviará con el trabajador el ST-9 para que lo entregue al patrón y, éste último complemente información de atención médica y da aviso al instituto para que califique con base en la atención médica y la información complementaria del patrón y finalmente se avisará al patrón de la calificación de la enfermedad de trabajo y sus consecuencias mediante correo certificado o por medio del portal IMSS/IDSE
 
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CP_PACO
General Brigadier

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31/Jul/20 09:59
Re: Enfermedad o Accidente de Trabajo?

Hola buenos días a todos:

ENFERMEDAD DE TRABAJO

ACCIDENTE DE TRABAJO

¿No logra percibir la diferencia?

Su compañero al accidentarse NO TUVO LESIONES ORGÁNICAS VISIBLES A SIMPLE VISTA en su cuerpo. ESTAS LESIONES son indispensables para que puedan señalarse como ACCIDENTE DE TRABAJO. Usted puede caerse en el trabajo, El accidente si sucede, si existe, en el caso hipotético que suceda en realidad. Pero suponiendo que no le pasa nada. Entonces NO ES ACCIDENTE DE TRABAJO, por no existir una lesión orgánica a su cuerpo, solo es un accidente PERO NO DE TRABAJO, aun en el caso que se desarrollo en el trabajo.

ENFERMEDAD DE TRABAJO.- No presenta una lesión orgánica, se enfermo por estar trabajando y es probable que sus lesiones sean internas por estar respirando gases tóxicos o no propios para su salud.

Finalmente ENFERMEDAD DE TRABAJO O ACCIDENTE DE TRABAJO siguen el mismo tratamiento para los efectos de INCAPACIDADES E INDEMNIZACIONES

Si se distingue de las ENFERMEDADES GENERALES, estas no suceden a consecuencia del trabajo.

Sugiero darle una leída a las definiciones que por LEY SE MUESTRAN, por estos TRES CONCEPTOS tanto en LSS como en LFT. Favor de analizarlas y ahora si notaran las diferencias y no le causara extrañeza las determinaciones del Seguro Social. Puesto que ahora si estaría hablando el mismo idioma que los del Seguro. Por su parte creía que hablaba castellano. No era así, hablaba algo parecido, solo que no comprende las palabras, pues no las distingue, al instruirnos, llegamos a la comprensión, es decir a un entendimiento total, no a medias. Ahora si así todos con el mismo entendimiento podemos comunicarnos sin fallas.

Saludos
 
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ers9727
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31/Jul/20 10:06
Re: Enfermedad o Accidente de Trabajo?

Hola buenas tardes:

Otro requisito en la ENFERMEDAD O ACCIDENTE DE TRABAJO:

Es que lo imposibilite para trabajar al colaborador.

Pudiera golpearme en el trabajo, se ve el moretón en un brazo, prevalece la lesión orgánica, pero si puedo trabajar. Como precise si es accidente. Pero nunca un accidente de trabajo, pues aun con la lesión orgánica, se pudiera laborar.

Similar con la enfermedad, debe el medico opinar sobre la gravedad y la procuración de la salud del trabajador, para dictaminar si es enfermedad de trabajo o no.
 
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ers9727
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