Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
25/Ene/22 17:34
DEDUCCIONES DE GASTOS PM RESICO

Buenas tardes,

Leyendo a detalle el capitulo VII de LISR. NO encontré por ninguna parte en el articulo 208 que los gastos adminsitrativos y operativos se consideren para la disminución de los ingresos. Solo se consideran los siguientes:
a) Devoluciones
b) Adquisiciones de mercancias y materia prima
c) Gastos netos de descuentos
d) Las inversiones
e) Cuotas de seguridad social
f) A´prtaciones de tipo SAR.

Surge mi duda, tengo un cliente PM que desea migrar, pero se dedica a vender software. Todos los gastos por concepto de licencias de TI anuales, de hosting etc no serian deducibles?
 
Perfil

roblopand
Cabo

Mensajes: 29
Ingresó: Octubre 05, 2020
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
26/Ene/22 09:33
Re: DEDUCCIONES DE GASTOS PM RESICO

Todos los gastos por concepto de licencias de TI anuales, de hosting etc no serian deducibles?
Lo que comentas son gastos que puedes deducir siempre y cuando lo pagues en el mes, tengas el CFDI y no se hayan deducido anteriormente
 
Perfil

isegroup
Subteniente

Mensajes: 197
Ingresó: Julio 17, 2020
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
26/Ene/22 10:16
Re: DEDUCCIONES DE GASTOS PM RESICO

Buenos días estimados colegas, respecto a la PM que estará tributando en el 2022 en RESICO, en su declaración mensual de ISR saben como se considerara la deducción del costo de ventas del inventario que se trae en el 2021? Entiendo que la declaración mensual ISR estará pre-llenada por el SAT en base a los CFDI Emitidos y recibidos en el mes y podrá existir discrepancia entre la información que obtenga el SAT y la que se declare por el contribuyente. Aprovechando, las PM en RESICO seguirán considerando el ajuste anual por inflación en su declaración anual? Gracias de ante mano
 
Perfil

peperez
Soldado

Mensajes: 3
Ingresó: Febrero 15, 2012
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
26/Ene/22 10:31
Re: DEDUCCIONES DE GASTOS PM RESICO

Buen día. No aclaré. Pero yo me refería a la deducción mensual. Entonces si aplican las tasas de impuesto de pago provisional de resico a la utilidad o al ingreso?
 
Perfil

roblopand
Cabo

Mensajes: 29
Ingresó: Octubre 05, 2020
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
18/Feb/22 16:58
Re: DEDUCCIONES DE GASTOS PM RESICO

.


Editado: Febrero 18, 2022 17:32:35
 
Perfil

aliciapg
Teniente

Mensajes: 336
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
19/Feb/22 08:17
Re: DEDUCCIONES DE GASTOS PM RESICO

Buenos días, en mi opinión das la respuesta correcta en tu comentario, puedes deducir:

Artículo 208. Los contribuyentes a que se refiere este Capítulo podrán efectuar las deducciones siguientes:

I. Las devoluciones que se reciban o los descuentos o bonificaciones que se hagan, siempre que se hubiese acumulado el ingreso correspondiente.

II. Las adquisiciones de mercancías, así como de materias primas.

III. Los gastos netos de descuentos, bonificaciones o devoluciones.

IV. Las inversiones.

V. Los intereses pagados derivados de la actividad, sin ajuste alguno, así como los que se generen por capitales tomados en préstamo siempre y cuando dichos capitales hayan sido invertidos en los fines de las actividades de la persona moral y se obtenga el comprobante fiscal correspondiente.

VI. Las cuotas a cargo de los patrones pagadas al Instituto Mexicano del Seguro Social.

VII. Las aportaciones efectuadas para la creación o incremento de reservas para fondos de pensiones o jubilaciones del personal, complementarias a las que establece la Ley del Seguro Social, y de primas de antigüedad constituidas en los términos de esta Ley. El monto de la deducción a que se refiere esta fracción estará a lo dispuesto en el artículo 25, fracción X de esta Ley.

(...)

Salu2
 
'La imaginación es más importante que el conocimiento.', Albert Einstein.
 
Perfil

Zanzke
Subteniente

Mensajes: 163
Ingresó: Abril 17, 2009
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo


Página: 1