18/May/23 08:18
Hola a todos
El año pasado obtuvimos el registro REPSE, nuestro giro preponderante es compra-venta de muebles para lugares públicos,
Pero como plus o servicios complementarios a algunos clientes les ofrecemos el servicio de instalación y gracias a ese concepto, fue que un cliente nos exigió el registro.
Mis dudas son:
1- Primero decían que había que tener en el objeto social del Acta esos conceptos,
2-Ahora entiendo que no deben ser parte de tu objeto social, en nuestro caso si esta estipulado, pero no es algo que se requiera siempre, es muy ocasional.
3-En nuestro caso, cuando se dé el supuesto de la instalación, nuestro trabajador, acudirá a la calle donde se va a instalar el bien mueble para su instalación, no estará a ordenes de nadie que no sea nuestro mismo personal, supervisores, etc.
4- Si entonces para cada cliente que prestemos ese servicio, deberemos llenar un contrato, por ese concepto?
GRacias