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Autor | Mensaje |
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Tópico: Peritaje Contable | |
oziel Mensajes: 3 |
Foro: Fiscal Enviado: Marzo 27, 2015 15:06:24 Asunto: Re: Peritaje Contable |
Buenas tardes Normalmente en el Poder Judicial de cada estado en su pagina de Transparencia se tiene una lista de peritos en diversas materias para que den su opinión en relación a las partes que intervienen. Aquí te dejo una tesis aislada que cita algo al respecto y un artículo también http://www.ccpm.org.mx/avisos/DOC070114-07012014110639.pdf Novena Época. Registro: 201768. Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito. Tesis Aislada. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. IV, Agosto de 1996. Materia(s): Penal. Tesis: VI.3o.22 P. Página: 713. PRUEBA PERICIAL CONTABLE. CRITERIOS PARA SU VALORACION. (LEGISLACION DEL ESTADO DE TLAXCALA). Los dictámenes periciales contables, en que el Ministerio Público apoya su acusación, deben ser valorados por el Juez, atendiendo, entre otros, a los siguientes criterios: a) la idoneidad de los peritos; b) la lógica de los razonamientos expuestos por ellos en sus dictámenes; c) la adecuación entre las conclusiones de tales dictámenes y los hechos que configuren el tipo de delito patrimonial materia de la acusación; d) que lo manifestado por los peritos esté apoyado en documentos que corroboren sus asertos y tengan eficacia acreditativa; e) que las opiniones que emitan los peritos en sus dictámenes se refieran a cuestiones propias de su función, sin abordar cuestiones que no sean propias de su especialidad. Cabe apuntar, que si bien el artículo 218 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tlaxcala, confiere al juzgador una facultad discrecional para la valoración de la prueba pericial, esto no implica que el mismo, en forma arbitraria, pueda conferir o negar valor acreditativo a los dictámenes que se rindan, sino que tiene que hacerlo razonadamente, atendiendo, entre otros, a los referidos lineamientos. TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO. Amparo directo 204/96. Sarkis Mikel Jeitani Jeitani. 11 de julio de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime Manuel Marroquín Zaleta. Secretario: Othón Manuel Ríos Flores Del formato me supongo que para cada caso en particular debe variar pero si hablas de un desfalco supongo que debe ser tipo arqueo de caja, con las reportes o tiras de auditoria y conciliado con ventas y cobros del día Espero haberte ayudado Gracias | |
Tópico: TRATAMIENTO FISCAL DE CAPITAL CONTABLE RECIBIDO EN ESPECIE | |
oziel Mensajes: 7 |
Foro: Fiscal Enviado: Marzo 25, 2015 18:24:52 Asunto: Re: TRATAMIENTO FISCAL DE CAPITAL CONTABLE RECIBIDO EN ESPECIE |
claro que si mañana que llegue a la oficina lo compartimos Gracias | |
Tópico: TRATAMIENTO FISCAL DE CAPITAL CONTABLE RECIBIDO EN ESPECIE | |
oziel Mensajes: 7 |
Foro: Fiscal Enviado: Marzo 24, 2015 15:04:06 Asunto: Re: TRATAMIENTO FISCAL DE CAPITAL CONTABLE RECIBIDO EN ESPECIE |
Si me propocionas algún correo o pagina podemos intercambiar material que tengo al respecto de ese tema saludos | |
Tópico: Deducciones personales | |
oziel Mensajes: 4 |
Foro: Fiscal Enviado: Marzo 24, 2015 15:01:08 Asunto: Re: Deducciones personales |
Buenas tardes Considero que no habría problema en considerar la deducción en 2014 el requisito es que se cubran con tarjeta de crédito a nombre del contribuyente, no señala ni fechas de pago o corte, ademas es una deducción de caracter personal, no se le puede dar el mismo tratamiento que una deducción autorizada. Saludos | |
Tópico: Deducción por interés real deducible | |
oziel Mensajes: 2 |
Foro: Fiscal Enviado: Marzo 09, 2015 13:40:15 Asunto: Deducción por interés real deducible |
Buenas tardes saludos al foro recurro a ustedes en esta cuestión De acuerdo al Art 151 ISR Fr IV puedo deducir el interés real pagado por crédito hipotecario contratado con las instituciones integrantes del sistema financiero Mi duda es por el caso de una financiera no propiamente Banco sino una S.A.P.I o S.F.O.M de esas que están muy de moda si estas se consideran como integrante del sistema financiero y poder aplicar esta deducción. Agradecería si algún forista me pudiera apoyar Gracias | |
Tópico: Retención de Renta sin Comprobante Fiscal | |
oziel Mensajes: 15 |
Foro: Fiscal Enviado: Febrero 26, 2015 13:31:04 Asunto: Re: Retención de Renta sin Comprobante Fiscal |
Saludos a todos me surge una duda y es la siguiente Ya vimos que la renta es no deducible pero ¿ Qué pasaría con los demás gastos inherentes a la actividad empresarial o profesional Luz, Internet, Teléfono papelería mantenimientos etc seguirían la misma surte que el 'principal' Gracias | |
Tópico: Retención de Renta sin Comprobante Fiscal | |
oziel Mensajes: 15 |
Foro: Fiscal Enviado: Febrero 26, 2015 13:31:04 Asunto: Re: Retención de Renta sin Comprobante Fiscal |
Saludos a todos me surge una duda y es la siguiente Ya vimos que la renta es no deducible pero ¿ Qué pasaría con los demás gastos inherentes a la actividad empresarial o profesional Luz, Internet, Teléfono papelería mantenimientos etc seguirían la misma surte que el 'principal' Gracias | |
Tópico: RIESGO DE TRABAJO DOS REGISTROS PATONALES | |
oziel Mensajes: 2 |
Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 23, 2015 18:03:15 Asunto: Re: RIESGO DE TRABAJO DOS REGISTROS PATONALES |
Aqui te dejo un link que espero te sirva http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Informacion&sop=viewArt&id=7750&titulo=patron-con-varios-registros-patronales-como-presenta-el-riesgo-de-trabajo Saludos | |
Tópico: Depósito por error en cuenta equivocada | |
oziel Mensajes: 5 |
Foro: Fiscal Enviado: Febrero 23, 2015 16:05:12 Asunto: Re: Depósito por error en cuenta equivocada |
Ademas hay que recordar el concepto de Enajenación que cita el Art 14 y no Enajenación en el 14 A y 14 B de CFF | |
Tópico: Depósito por error en cuenta equivocada | |
oziel Mensajes: 5 |
Foro: Fiscal Enviado: Febrero 23, 2015 16:00:18 Asunto: Re: Depósito por error en cuenta equivocada |
Lo mas correcto sería que en este caso la persona moral B regresará en el mismo mes el deposito al 'cliente ' y este ya pague a la empresa 'A' ya que en ningún momento la empresa B emito un CFDI por esa cantidad eso visto de un modo practico ya que la autoridad podría presumir un ingreso. Civilmente sin saber mucho del tema no se si algún compañero forista me apoye podría usarse el Endoso de documentos para ceder los derechos y obligaciones de esa factura y se extinga formalmente. Compensación no se podría ya que uno de los requisitos es que dos personas sean reciprocamente Deudor - Acreedor ya que aquí hay un tercero en 'discordia ' Saludos al Foro |
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