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Tópico: Error DYP 6 Bim RIF
oziel

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 15, 2015 15:28:12 Asunto: Re: Error DYP 6 Bim RIF
Buena Tarde Egresado 2014 acabo de accesar la aplicación de mis cuentas y funciona normalmente con la lentitud de siempre, quizá haya un error en la configuración de tu navegador o necesites reiniciar la pc saludos
Tópico: Viaticos
oziel

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 15, 2015 15:18:06 Asunto: Re: Viaticos
Saludos De los recientes criterios no vinculativos emitidos por el SAT te cito el 06/ISR/NV y el 22/ISR/NV ahi se señala algo al respecto de tus dudas. Ahora bien los criterios vinculativos no obligan al contribuyente a nada digamos son 'opiniones ' del mismo SAT sobre lo que ellos consideran practicas indebidas. Salvo la mejor opinión de los foristas te recomiendo checar la regla 2.7.1.14 pago de erogaciones por cuenta de terceros Saludos
Tópico: IVA EXENTO EDUCACION PREESCOLAR
oziel

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 15, 2015 13:53:07 Asunto: Re: IVA EXENTO EDUCACION PREESCOLAR
Buenas Tardes Por el comentario de que no cuentas con un reconocimiento oficial supongo que se trata de una escuela particular estoy bien? ahora bien citas 'EDUCACIÓN INICIAL' ¿Es lo mismo que preescolar? El 27 de Octubre de 2004 su publico un acuerdo en el cual se definen entre otras cosas que se entiende por educación preescolar. y entre otras definiciones nos dice que no quedan comprendidos dentro del nivel preescolar los servicios educativos de estimulación temprana y maternal. Esta disposición pudiera variar acorde a las legislaciones estatales en materia. No se cuales sean los servicios que prestes. El Art 15 FR IV ley del IVA nos dice que señala que 'No se pagará el impuesto por la prestación de los siguientes servicios Fr IV Los de Enseñanza que preste la Federación, el Distrito Federal, los Estados y Municipios y sus OPD y los establecimientos particulares que tengan autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios en los términos de la Ley General de Educación, así como los servicios educativos de nivel preescolar' Para aplicar el supuesto de exención previsto en el artículo 15, fracción IV, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado se requiere que el sujeto que presta los servicios de enseñanza, en el caso de los establecimientos de particulares, tenga autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, en los términos de la Ley General de Educación Esperamos los demás comentarios de los foristas para ver que opinan
Tópico: ¿Donde quedo la facilidad de NO ENVIO de la contabilidad electronica?
oziel

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 14, 2015 18:04:07 Asunto: Re: ¿Donde quedo la facilidad de NO ENVIO de la contabilidad electronica?
Saludos a todos Efectivamente la regla ya no esta para este 2015 o al menos no en el mismo tenor o numeración, como lo apunte en mi primer comentario ojala se publique en las posteriores resoluciones, solo la puse como referencia al derecho que otorga para ese ejercicio y porque vía página hacienda confirma la facilidad Seguimos en contacto
Tópico: ¿Donde quedo la facilidad de NO ENVIO de la contabilidad electronica?
oziel

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 14, 2015 10:37:47 Asunto: Re: ¿Donde quedo la facilidad de NO ENVIO de la contabilidad electronica?
Saludos nuevamente hay que recordar que no obstante CFF en su ART 33 FR inciso g y h nos señala que las autoridades publicarán anualmente las resoluciones dictadas por autoridades fiscales. Así mismo la regla II.1.1. de la Miscelanea nos dice que cuando en la página del SAT se establezcan a favor de los contribuyentes alguna facilidad podrá tomarse como oficial esta información en dicha página
Tópico: anual sueldos y actividad empresarial
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 14, 2015 10:12:21 Asunto: Re: anual sueldos y actividad empresarial
Saludos a todos Coincido con los compañeros foristas el hecho de que se haya realizado el calculo anual, no libera de las obligaciones contenidas en el Art 98, si a esto le agregamos que con la nueva plataforma del DECLARASAT ya estan por default los datos que previamente se mandaron con la declaración informativa de sueldos, pues en ineludible esa obligación
Tópico: Empleado con dos Patrones Retencion de ISR
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 14, 2015 10:04:39 Asunto: Re: Empleado con dos Patrones Retencion de ISR
Buenas tardes Hay que recordar que cuando un empleado presta sus servicios a dos o mas patrones, el trabajador deberá comunicar por escrito de acuerdo al 6to párrafo del articulo décimo del Subsidio para el empleo esta situación antes de que se efectúe el primer pago del año de que se trate. Puesto que de no ser así se estaría aplicando un doble beneficio a un mismo contribuyente. esta disposición esta también contenida en el articulo 98 Fr IV de LISR, que cito el compañero Enrique. Para el caso del IMSS puede aplicarse un beneficio considerado en el ART 33 de la misma ley que señala que pueden pagarse las cuotas de manera proporcional En relación a lo que comento el compañero Enrique y solo como un dato adicional aquí les dejo un documento que habla de ese Art 31 FR IV https://www.scjn.gob.mx/Transparencia/Lists/Becarios/Attachments/84/Becarios_084.pdf Espero haberte ayudado
Tópico: ¿Donde quedo la facilidad de NO ENVIO de la contabilidad electronica?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 13, 2015 17:05:41 Asunto: Re: ¿Donde quedo la facilidad de NO ENVIO de la contabilidad electronica?
Buenas tardes Según la misma pagina del SAT cita Sí, es un derecho adquirido por los contribuyentes, vigente para 2015 y años subsecuentes. Sería conveniente que mediante las posteriores Resoluciones se defina correctamente esta situación para dar certeza jurídica. Saludos
Tópico: Pagos de Asimilados a salarios causan impuesto sobre nominas
oziel

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 13, 2015 09:42:09 Asunto: Re: Pagos de Asimilados a salarios causan impuesto sobre nominas
Saludos al foro Coincido con los compañeros foristas, en primer lugar hay que atender el concepto de 'prestado bajo la dirección o dependencia de un patrón,' en tu caso siento que no aplica puesto que no se rige bajo la jurisdicción de un patrón y en todo caso quedo estipulado en el contrato y en ningún caso habría subordinación.
Tópico: DUDA DESGLOSE DE IEPS
oziel

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 05, 2015 15:20:54 Asunto: Re: DUDA DESGLOSE DE IEPS
Saludos Para el caso de solicitar factura con IEPS separado de acuerdo con la regla I.5.2.1 deberá identificarse que es causante del IEPS con su CIF Es decir si el contribuyente que recibe el bien o el servicio no solicita factura con desgloce de IEPS no se esta obligado a separarlo, salvo en aquellos casos en que la misma ley obligue a que si sea manejado en forma expresa y por separado Espero haberle ayudado

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