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Tópico: PAGO DE HONORARIOS EXPOSITOR EXTRANJERO
oziel

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Mensaje Foro: Comercio Exterior Enviado: Febrero 28, 2018 12:07:41 Asunto: PAGO DE HONORARIOS EXPOSITOR EXTRANJERO
Buenas tardes al foro, recurro a ustedes para exponer lo siguiente: Un expositor que viene de España, entrega una factura en Euros para proceder a su pago, es la primera vez que me sucede este caso, mi duda es aparte de la factura que el me emite, tengo que cumplir con alguna otra normatividad o procedimiento, Agradezco sus comentarios de antemano
Tópico: Presentación ante imss del salario integrado (SDI)
oziel

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 23, 2018 09:05:04 Asunto: Re: Presentación ante imss del salario integrado (SDI)
buenas tardes cito el Artículo 30 de la LSS Para determinar el salario diario base de cotización se estará a lo siguiente: I. Cuando además de los elementos fijos del salario el trabajador percibiera regularmente otras retribuciones periódicas de cuantía [u]previamente conocida[/u], éstas se sumarán a dichos elementos fijos; y posteriormente el Art 34 de la misma ley Artículo 34. Cuando encontrándose el asegurado al servicio de un mismo patrón se modifique el salario estipulado, se estará a lo siguiente: I. En los casos previstos en la fracción I del artículo 30, el patrón estará obligado a presentar al Instituto los avisos de modificación del salario diario base de cotización dentro de un plazo máximo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha en que cambie el salario; Aquí el término clave es 'previamente conocida' pues sabemos de antemano que los días de vacaciones aumentarán por cada año de servicio de conformidad con el Art . 76 de LFT , por lo tanto se considera como elemento fijo No sería el caso por ejemplo de un % o comisión sobre ventas o productividad adicional a su salario, pues esta cantidad no la conocemos de inicio , y tendríamos elementos fijos + variables entonces aplicaríamos la Fracciónes terceras de los Artículos 30 y 34 Pendientes
Tópico: FUNDAMENTO IVA???????????'
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 22, 2018 09:47:52 Asunto: Re: FUNDAMENTO IVA???????????'
buenas tardes aquí dejo tesis aisladas que nos podrán ayudar PAGOS PROVISIONALES DE LOS IMPUESTOS SOBRE LA RENTA Y AL VALOR AGREGADO. DIFERENCIAS METODOLÓGICAS PARA SU LIQUIDACIÓN. De las jurisprudencias P./J. 52/96, 2a./J. 32/2011, 2a./J. 113/2002, así como del artículo 41 del Código Fiscal de la Federación, en relación con la naturaleza jurídico-contributiva de los impuestos sobre la renta y al valor agregado, se advierte que el primero se genera momento a momento, según se obtienen los ingresos que repercuten en el incremento del haber patrimonial del causante, y se devenga en el instante de percepción de la renta, aunque se declare por años y, el segundo, se calcula por ejercicios fiscales completos. De lo anterior deriva que en materia de fiscalización de pagos provisionales, existen dos diferentes metodologías para liquidarlos. Consecuentemente, si la autoridad tributaria revisa pagos provisionales relacionados con el impuesto sobre la renta por periodos incompletos en relación con el ejercicio anual, y en éstos advierte irregularidades y diferencias, podrá determinarlas e, incluso, sancionarlas con multa sin tener que esperar a que el ejercicio concluya, pero si fiscaliza pagos provisionales en materia del impuesto al valor agregado y no revisa el ejercicio anual completo, dadas las características de dicha contribución, debe requerir la exhibición de la declaración correspondiente y esperar hasta el final del ejercicio para poder determinar diferencias y, en su caso, sancionar con multa al contribuyente. saludos
Tópico: ingresos contables vs ingresos facturados
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 22, 2018 09:34:28 Asunto: Re: ingresos contables vs ingresos facturados
Buen día Primeramente se trata de una persona moral o física ? si es física en que régimen tributa? RIF(pagos definitivos) , Act Empresarial/Profesional, Arrendamiento etc. Segundo son pagos provisionales de ISR e IVA o tiene alguna obligación adcional? Hay que recordar que los pagos provisionales de ISR son a cuenta del ISR anual de conformidad con el Artículo 14 para personas morales o 106, 116 para personas físicas, es decir por el ISR pudiera no haber tanto problema ya que de salir una diferencia a cargo/favor se ajustaría en la declaración anual, el problema que yo le veo sería los ingresos que no están soportados por un CFDI, ya que los duplicados se pudieran cancelar. Yo recomiendo declarar los ingresos que estén soportados por el estado de cuenta bancario de cada mes En cuanto al IVA los pagos provisionales tiene en carácter de definitivos de conformidad al Artículo 5D de la ley de IVA, aquí tendrías que presentar una declaración complementaria por cada mes en que se den diferencias. Espero haberte ayudado
Tópico: ENTRAR AL IDSE CON LA FIEL DEL SAT
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 21, 2018 14:31:24 Asunto: Re: ENTRAR AL IDSE CON LA FIEL DEL SAT
Ya de por sí la página del IDSE no es muy amigable y menos práctica la mayoría de los problemas de ingreso al IDSE tiene que ver con la configuración del Internet Explorer aquí te dejo este link para configurarla http://vorak.com.mx/blog/corregir-problema-de-acceso-a-pagina-idse-imss/ Saludos
Tópico: BAJA IMSS
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 21, 2018 14:28:20 Asunto: Re: BAJA IMSS
buenas tardes Iniciar su trámite de pensión no interfiere o afecta su servicio médico, independientemente de que se le dio de baja antes de la fecha de cuando se debía dar. Es como si para pensionarse(por cualquier modalidad) tuviera un crédito INFONAVIT se seguiría pagando hasta liquidarlo, saludos
Tópico: RETIRO PARCIAL DE DINERO DE UN SEGURO DE VIDA
oziel

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 21, 2018 09:14:50 Asunto: Re: RETIRO PARCIAL DE DINERO DE UN SEGURO DE VIDA
Buenos días De hecho al momento de presentar tu declaración anual en la aplicación del SAT, debería aparecerte estas cantidades igual que cualquier inversión o cuenta de ahorros en un banco, reportan el ingreso por interés o rendimiento. El tema de seguros y sus manejos tiene su legislación particular, para mi gusto algo 'especial' pero a la hora de hacer algún retiro o entrega de rendimientos, te debieron de dar tu CFDI, mismo que hace las funciones de Constancia de retenciones de conformidad con la regla 2.75.4. Pendientes
Tópico: Retención iva a persona fisica con actividad empresarial
oziel

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 21, 2018 09:05:33 Asunto: Re: Retención iva a persona fisica con actividad empresarial
Buenos días Coincido con el compañero Carlos Tello al señalar el concepto 'PROFESIONALES', y es aquí cuando la celebración de un contrato y la integración de un expediente cobra importancia. Saludos
Tópico: Retención iva a persona fisica con actividad empresarial
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 20, 2018 15:16:36 Asunto: Re: Retención iva a persona fisica con actividad empresarial
Buenas tardes En este caso me supongo que no hubo una enajenación de algún producto, de acuerdo con el Art 14 del CFF y siguiendo con el mismo código nos define las actividades empresariales en el Art 16 las cuales son : -Comerciales -Industriales -Agrícolas Ganaderas -Pesqueras -Silvícolas De acuerdo a tu comentario no fue ninguna de estas causas, por consiguiente se debe retener IVA/ISR por el servicio prestado Saludos
Tópico: Quincena con semana reducida
oziel

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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Febrero 20, 2018 09:35:26 Asunto: Re: Quincena con semana reducida
Buenas tardes Y al dar de alta a este trabajador en el IMSS vía IDSE elegiste la opción semana reducida ? Saludos

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