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Tópico: obligacion ISAN
emperador

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 09, 2004 Asunto: Re: obligacion ISAN
:( correcion a la redacion anterior, no quise decir obligado del impuesto si no retenedor del impuesto al consumidor final
Tópico: obligacion ISAN
emperador

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 09, 2004 Asunto: Re: obligacion ISAN
gracias por tus comentarios, pero mi duda es la siguiente de acuerdo a lo que redactaste de los importados, este impuesto se debio pagar en la aduada por tratarse de vehiculos importados, entonces que pago yo como distribuidor independientemente que no soy el consumidor final me explico en teoria no debo de pagarlo por que ya esta pagado, si no como es que pason la aduana estos vehiculos, pudiera ser que la empresa que nos distribuye dichos vehiculos tenga un convenio con las autoridades para que nos trasladen dicha obligacion aunque en mi opinion no deberia ser. agradecere su ayuda. mil gracias :twisted:
Tópico: obligacion ISAN
emperador

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 07, 2004 Asunto: obligacion ISAN
:o buenas noches Contadores: Una opinion Acabo de entrar a una agencia de vehiculos nuevos la cual vende autos importados pero como agencia (consecionaria) logicamente no los importa si no la planta (proveedor) en la ley del impuesto sobre vehiculos nuevos se menciona lo siguiente 1.- Sujeto y objeto del impuesto Estan obligados al pago del impuesto sobre vehiculos nuevos establecido en esta ley, las personas fisicas y las morales que realicen los actos siguientes: I.- Enajenen automoviles nuevos de produccion nacional. Se entiende por automovil nuevo el que se enajea por primera vez al consumidor por el fabricante, ensamblador o por el distribuidor autorizado. II.- Importen en definitiva al pais automoviles. Los automoviles a que se refiere esta fraccion son los que corresponden al año modelo posterior al de aplicacion de la ley, al año modelo en que se efectue la importacion, o a los 10 años modelo inmediato anteriores. resumen en el art. 1 uno menciona quienes estan obligados fracc. I menciona que enajenen productos de produccion nacional fracc. II importen automoviles en virtud de que esta agencia no vende productos nacionales si no importados, pero cabe aclarar que no importa solo vende. mi pregunta esta sujeta al pago del impuesto. agradecere me puedan emitir su opinion al respecto porque es una empresa nueva tambien y acabo de entrar en ella a trabajar., por su atencion mil gracias. saludos

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