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Tópico: SAT NO CONSIDERA PAGO DEL 5% ESTADO, INTERMEDIO
rigui

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 24, 2005 Asunto:
NO PRECISAMENTE, SE TUVO BASTANTE UTILIDAD AL PRINCIPIO DEL AÑO Y EN LOS ÚLTIMOS MESES MUY POCA O NADA, ASI QUE ME QUEDO SALDO A FAVOR DEL ISR Y LO ESTOY COMPENSANDO CONTRA ISR DE ESTE AÑO.
Tópico: SAT NO CONSIDERA PAGO DEL 5% ESTADO, INTERMEDIO
rigui

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 24, 2005 Asunto: SAT NO CONSIDERA PAGO DEL 5% ESTADO, INTERMEDIO
Buen día, una persona de régimen intermedio hizo los pagos que le correspondian al SAT y al Estado el 5% correspondiente, ahora me está llegando un aviso del SAT de que no me pueden aceptar la compensación del ISR que tengo a favor del 2004 porque estoy sumando el impuesto de las dos dependencias, quiere decir que tengo que pagar completo el ISR al SAT independientemente del 5% al EStado? Espero sus opiniones y de antemano muchas gracias por sus comentarios.
Tópico: Comisionista puede reclamar Prima de antiguedad?
rigui

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 20, 2005 Asunto:
Agradezco su comentario Saúl Castro, quien me hizo la pregunta es mi amiga y ella es la comisionista, o sea que esta vez no es para ayudar a la empresa, sino para tratar de que se haga lo justo.
Tópico: Comisionista puede reclamar Prima de antiguedad?
rigui

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 20, 2005 Asunto:
Les agradezco su opinión, el problema es que no hay manera de pagar abogado, pero sí sería conveniente llevarlo a conciliación y Arbitraje.
Tópico: Comisionista puede reclamar Prima de antiguedad?
rigui

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 20, 2005 Asunto: Comisionista puede reclamar Prima de antiguedad?
Hay una persona que trabaja para una empresa desde hace mas de doce años como comisionista, extiende facturas por los pagos que se le hacen, pero no tiene otro ingreso diferente al de esta empresa, a la fecha le están diciendo que a partir del mes próximo le reducirán la comisión de 10 a 6%, ella está optando por retirarse de dicha empresa, la pregunta es: hay algún artículo que la proteja para poder pedir prima de antiguedad o algo parecido? Esto es lo que me están preguntando y yo pienso que no tiene ninguna manera de reclamar, ya que expide facturas y la empresa va a decir que no trabaja diréctamente para ellos. Pero me gustaría saber la opinión de ustedes antes de contestarle a esta persona que por cierto es una buena amiga. Saludos y muchas gracias.
Tópico: EDITAR UN FORMATO PDF
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Mensaje Foro: Excel Enviado: Septiembre 12, 2005 Asunto:
Rams, estan los formatos 41 y 37, los puedes hacer de manera que se puedan gravar ya llenos?
Tópico: SUBSIDIO ACRED., CRITERIO DE HACIENDA O LO Q DICE LA LEY?
rigui

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 12, 2005 Asunto:
Gracias JJFARIAS, le plantearé los pros y contras al cliente, pero me voy por lo que indica la Ley, en su momento tendré que visitar a los del SAT.
Tópico: SUBSIDIO ACRED., CRITERIO DE HACIENDA O LO Q DICE LA LEY?
rigui

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 12, 2005 Asunto:
gracias por sus respuestas, hay mucha diferencia entre el criterio del SAT y lo que dice la ley, así que lo haré conforme a Ley.
Tópico: SUBSIDIO ACRED., CRITERIO DE HACIENDA O LO Q DICE LA LEY?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 12, 2005 Asunto: SUBSIDIO ACRED., CRITERIO DE HACIENDA O LO Q DICE LA LEY?
Hola, buen día a todos, solo para saber su opinión de cual es la manera correcta de calcular el subsidio acreditable, con el criterio del personal del SAT o apegándose a lo que dice la Ley? Saludos.
Tópico: Infonavit y divorcio
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 29, 2005 Asunto:
No sé cuales fueron las causas, pero sería interesante que le echaras una hojeada al Código Civil, me imagino que aunque sea diferente estado tienen mas o menos el mismo criterio. _________________________________________ Procede el divorcio contencioso cuando alguno de los cónyuges da causa a él. Las causales son las enumeradas en el artículo 267 y 268 del Código Civil: __________________________________________ Cuando por el divorcio se originen daños o perjuicios a los intereses del cónyuge inocente, el culpable responderá de ellos como el autor de un hecho ilícito.

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