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11/Jun/05 11:50
Costo COMPROBADO D Adquisición/Accion IMPORTANTE INTERESANTE

Hola, gracias por la ayuda en forod anteriores!

tengo un pequeño problema que no me deja dormir.............

Juan Carlos realiza una aportacion a una sociedad, un bien inmueble (terreno), el cual tuvo un costo original digamos de 1,000 (actualizado con deducciones etc...), la empresa es de giro inmobiliario, y en su objeto dice : comercializacion de bienes muebles e inmuebles, construccion y compra y venta de terrenos , construcciones.......el valor de avalúo realizado por un notario autorizado es de 10,000, y en la asamblea general de accionistas en la que se acepta el aumento de capital y la emision de acciones por dicho aumento se le da un valor al inmueble de 10,000, con base en el valor de avalúo (de la persona autorizada para tal efecto por la SCHP),

Posteriormente, la empresa vende el bien, en 10,000, por lo que no genera una utilidad a la sociedad ya que el valor consignado en escritura publica (asamblea y aportacion), es el mismo valor,

Ahora por ultimo se decreta en asamblea que se liquidarán las acciones correspondientes de Juan Carlos, la empresa las paga.....

¿Cúal es el costo comprobado de adquisicion de dichas acciones?,

a) el valor catastral del inmueble.
b) el valor de avaluo y el consignado en las actas de asamblea (escrituras).
c) el valor del costo original del inmueble.


Me pueden dar su opinion???, gracias por su tiempo! :wink: :D
 
Vicente González-Lutteroth
 
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vicentegl
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11/Jun/05 17:38

Yo tomaria la respuesta B.
 
¡¡ juntos damos soluciones !!
 
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11/Jun/05 18:10

ojala tengas razon!, mas opiniones?,
yo tambien pienso que la B, en concordancia con el 24 LISR, el 4RCFF, y pues por el hecho que la escritura es lo mas importante y lo mas elevado
 
Vicente González-Lutteroth
 
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vicentegl
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12/Jun/05 16:34

que de plano nadie me puede dar su OPINION????, porfavor !!!
 
Vicente González-Lutteroth
 
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vicentegl
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13/Jun/05 16:55
Re: Costo COMPROBADO D Adquisición/Accion IMPORTANTE INTERES

:)

estimado colega.

si tu empresa tiene el giro de construccion al momento de hacer la aportacion sucedieron varias cosas:

en el acta de asamblea se le asigno el valor de las aportaciones en 10,000 es correcto?

por otro lado al hacer la aportacion del inmuble se debio generar la escritura por el traslado de dominio en la cual consta el precio del inmuble, [color=darkred:57e17c43ae]esta debe coicidir con el valor que le estan asignando en el acta. [/color:57e17c43ae]
si aqui tienes diferencias, se debio generar un ingreso: utilidad en valor al inmueble ( otros ingresos) es el mismo tratamiento que b10, solo que primero pasa por resultados, (pcga)

porque si tienes un inmueble en escritura de 1,000 un valor asignado en asamblea de 10 000 la diferencia de 9,000 sera un ingreso por revaluacion de un bien aportado.



si son iguales vamos bien hasta este punto.

solo recordando que al momento de esta aportacion para uno se genero una enajenacion de bienes que debio pagar sus impuestos declarando con la retencion del notario mas la anual que debio presentar la pf. y por el otro lado quien adquirio fue una deduccion para la constructora antes art 27 rsir actual 225 isr.

por otro lado si ese terreno lo enajena la constructora tiene dos caminos:
o lo dedujo desde su adquisicion y la venta actual es todo utilidad
o no lo dedujo en un inicio y actualiza su costo de adquisicion enfrentandolo contra la venta, ojo en el primer caso puedes tener mas beneficio.


[color=red:57e17c43ae]si tu escritura es de 1,000 y vendes en 10,000 ya sabras la utilidad que te genero esto.[/color:57e17c43ae]
y por lo que realmente es tu inquietud es al momento de determinar el reembolso de las acciones

se considera el valor que fue asignado en la asamblea es tu documento fuente para las aportaciones asi como el pago de las mismas.

entiendo lo que quisiste hacer, a mi punto de vista estuvo mal hecho habia otros caminos para hacer eso.

bueno espero que te sirva mi informacion

disculpa la modestia y mi extension en los comentarios pero no podia dejar pasarlo sin opinar al respecto, tengo experiencia por mas de 10 años en constructoras.

bye :lol:
 
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evaurrutia
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13/Jun/05 18:22
Re: Costo COMPROBADO D Adquisición/Accion IMPORTANTE INTERES

[quote:da72c61980="evaurrutia"]:)

estimado colega.

si tu empresa tiene el giro de construccion al momento de hacer la aportacion sucedieron varias cosas:

en el acta de asamblea se le asigno el valor de las aportaciones en 10,000 es correcto?

por otro lado al hacer la aportacion del inmuble se debio generar la escritura por el traslado de dominio en la cual consta el precio del inmuble, [color=darkred:da72c61980]esta debe coicidir con el valor que le estan asignando en el acta. [/color:da72c61980]
si aqui tienes diferencias, se debio generar un ingreso: utilidad en valor al inmueble ( otros ingresos) es el mismo tratamiento que b10, solo que primero pasa por resultados, (pcga)

porque si tienes un inmueble en escritura de 1,000 un valor asignado en asamblea de 10 000 la diferencia de 9,000 sera un ingreso por revaluacion de un bien aportado.



si son iguales vamos bien hasta este punto.

solo recordando que al momento de esta aportacion para uno se genero una enajenacion de bienes que debio pagar sus impuestos declarando con la retencion del notario mas la anual que debio presentar la pf. y por el otro lado quien adquirio fue una deduccion para la constructora antes art 27 rsir actual 225 isr.

por otro lado si ese terreno lo enajena la constructora tiene dos caminos:
o lo dedujo desde su adquisicion y la venta actual es todo utilidad
o no lo dedujo en un inicio y actualiza su costo de adquisicion enfrentandolo contra la venta, ojo en el primer caso puedes tener mas beneficio.


[color=red:da72c61980]si tu escritura es de 1,000 y vendes en 10,000 ya sabras la utilidad que te genero esto.[/color:da72c61980]
y por lo que realmente es tu inquietud es al momento de determinar el reembolso de las acciones

se considera el valor que fue asignado en la asamblea es tu documento fuente para las aportaciones asi como el pago de las mismas.

entiendo lo que quisiste hacer, a mi punto de vista estuvo mal hecho habia otros caminos para hacer eso.

bueno espero que te sirva mi informacion

disculpa la modestia y mi extension en los comentarios pero no podia dejar pasarlo sin opinar al respecto, tengo experiencia por mas de 10 años en constructoras.

bye :lol:[/quote:da72c61980]

Gracias por tu respuesta, entonces me pudieras decir acerca de los otros caminos para hacer eso, como mencionas?

además al principio cual es el valor del imnueble?, el valor catastral?, el valor de avalúo? o el valor original actualizado mas deducciones?
 
Vicente González-Lutteroth
 
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vicentegl
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13/Jun/05 18:50
Re: Costo COMPROBADO D Adquisición/Accion IMPORTANTE INTERES

el valor del inmueble es el asentado en la escritura a favor de la persona moral, no hay otro, ese mas su actualizacion es el costo para la actualizacion.


haces la aportacion a la sociedad por el valor del avaluo pero este debe quedar consignado en la escritura, y asi tienes en la sa una deduccion mayor para enfrentar al momento de la enajenacion.

solo que en la pf tendras el impacto de la utilidad, solo que como es propiedad en varios años como supongo se diluye el impacto al aplicarle la tasa impositiva y esta la puede manejar con deducciones personales o otros gastos que los notarios se inventan.

al final de cuentas no se que es lo que quieres hacer si la fisica aporta el terreno y la moral lo enajena con los recursos generados de la venta pagas las acciones, donde queda tu beneficio? o no entiendo tu razon de negocio?



bueno espero que te sirva
 
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evaurrutia
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13/Jun/05 19:17

gracias, lo que quiero en realidad es esto:

la PF, le vende a una PM un terreno,

cual es la mejor manera de disminuir la carga tributaria?
 
Vicente González-Lutteroth
 
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vicentegl
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13/Jun/05 19:44
Re: Costo COMPROBADO D Adquisición/Accion IMPORTANTE INTERES

osea que lo que queria hacer era vender un terrno atraves de la pm para evitar impuestos puesto que se trataria de una inversion como capital siendo el que aporta nuevo socio?
 
cj
 
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cjlopezasesoria
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13/Jun/05 19:47

aja algo asi, a fin de no pagar impuesto sobre la renta, claro si pagarías ISAI , pero para el efecto vale para nada jeje, si tienen otro esquema se los AGRADECERIA MUCHISIMO
 
Vicente González-Lutteroth
 
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vicentegl
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