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23/May/06 19:17
deudas impac

Una persona moral tiene celebrado un contrato de mutuo con una empresa extranjera con residencia en el extranjero por una cantidad considerable.
mi pregunta es: no puede deducirse del valor del activo el importe de esta deuda?
 
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catotin
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23/May/06 19:33
Re: deudas impac

en 2004 el art. 5 lia decia que se podia deducir las deudas con empresas(1)residentes en el pais o (2)con establecimiento permanente ubicado en mexico de residentes en el extranjero.


En 2005 la redaccion dice:
.....con empresas (1) residentes en el país, (2)con establecimientos permanentes ubicados en México de residentes en el extranjero o (3)"en el extranjero".............. .

EN 2005 SE DEROGA LO DE LAS DEUDAS SISTEMA FINANCIERO QUE INCLUIA BANCOS EXTRANJEROS......

entonces apartir de 2005 si entra la deuda con "empresa" del extranjero.

que opinan??
 
cj
 
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cjlopezasesoria
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24/May/06 11:24

Estoy totalmente de acuerdo, pero en los ejercicios anteriores a poder deducir las deudas con extranjeros, se puede hacer un medio de defensa y obtener ese beneficio.
 
DS
 
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CERVANTES-QUIJANO
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25/May/06 12:06

Gracias por su comentarios, son de mucha ayuda...
 
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catotin
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