24/Ago/06 22:04
Para empezar, por lo pronto, el punto 4 (presenta las declaraciones estadisticas 0.00), despues las complementarias, con sus respectivos recargos y actualizacion.
Los consumos de restaurantes, son deducibles unicamente por el 25%, siempre y cuando se hayan pagado con tarjeta de credito o cheque de la empresa (para isr e iva).
El subsidio, pues hay que calcularlo, de acuerdo con la ultima declaracion anual, que presentaron.
Lo demas, pues, a empujar el lapiz, y la cotizacion a cobrar a tu cliente, cobrale por todos los meses, sin descuento.
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.