27/Sep/06 13:36
Re: SE COBRA IVA O NO?
Buen día mluna:
Tu opinión es correcta, con fundamento en lo dispuesto en los art. 3 y 1-A de la Ley del IVA:
Artículo 3- La Federación, el Distrito Federal, los Estados, los Municipios, los organismos descentralizados, las instituciones y asociaciones de beneficencia privada, las sociedades cooperativas o cualquiera otra persona, aunque conforme a otras leyes o decretos no causen impuestos federales o estén exentos de ellos, [color=darkblue:04da6c2fc2]deberán aceptar la traslación [/color:04da6c2fc2]a que se refiere el artículo primero y, en su caso, pagar el impuesto al valor agregado y trasladarlo, de acuerdo con los preceptos de esta Ley.
Artículo 1-A.- [color=darkblue:04da6c2fc2]Están obligados a efectuar la retención del impuesto [/color:04da6c2fc2]que se les traslade, los contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:
I. Sean instituciones de crédito que adquieran bienes mediante dación en pago o adjudicación judicial o fiduciaria.
II. Sean [color=darkblue:04da6c2fc2]personas morales [/color:04da6c2fc2]que:
a) [color=darkblue:04da6c2fc2]Reciban servicios personales independientes[/color:04da6c2fc2], o usen o gocen temporalmente bienes, prestados u otorgados por personas físicas, respectivamente.
Recibe un saludo
¡¡ SOLI DEI GLORIA !!
(Frase en latín) ¡ Solo a Dios la Gloria !