16/Oct/06 1:32
Re: Honorarios Asimilable a Salarios
Hola
Antes que nada, este mensaje debe estar en el foro fiscal.
Por otra parte supongo que tu A.C. tributa dentro del Titulo III de la LISR, personas morales no contribuyentes.
Creo que hay una confusion. El socio de esa guarderia recibe ingresos acumulables distinto al sueldo que le pagan, por consiguiente esta obligado a presentar declaración anual de acuerdo a la siguiente disposición:
CAPÍTULO I
DE LOS INGRESOS POR SALARIOS Y EN GENERAL POR LA PRESTACIÓN DE UN SERVICIO PERSONAL SUBORDINADO
Artículo 117. Los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este Capítulo, además de efectuar los pagos de este impuesto, tendrán las siguientes obligaciones:
[color=red:cc7a9efeac]III. Presentar declaración anual en los siguientes casos:
a) Cuando además obtengan ingresos acumulables distintos de los señalados en este Capítulo.[/color:cc7a9efeac]
Ahora bien, los ingresos recibidos por remanentes distribuibles de la A.C., son acumulables de conformidad con el siguiente articulo de la LISR:
CAPÍTULO IX
DE LOS DEMÁS INGRESOS QUE OBTENGAN LAS PERSONAS FÍSICAS
Artículo 167. Se entiende que, entre otros, son ingresos en los términos de este Capítulo los siguientes:
X. [color=red:cc7a9efeac]La parte proporcional que corresponda al contribuyente del remanente distribuible que determinen las personas morales a que se refiere el Título III de esta Ley,[/color:cc7a9efeac] siempre que no se hubiera pagado el impuesto a que se refiere el último párrafo del artículo 95 de la misma Ley.
Como puedes ver, no es que tenga que acumular como sueldo los retiros de remanentes, si nó que, el capitulo I de la LISR que se refiere a sueldos establece la obligacion de presentar declaración anual y acumular los demas ingresos que se perciban.