19/Dic/06 18:01
IMPAC Núm de meses en enajenación de activos
Hola amigos
Dice el segundo párrafo de la fracción II del artículo 2 de la Ley del IMPAC:
En el caso del primer y último ejercicio en el que se utilice el bien, el valor promedio del mismo se determinará dividiendo el resultado antes mencionado entre doce y el cociente se multiplicará por el número de meses en los que el bien se haya utilizado en dichos ejercicios.
La duda es la siguiente: si yo enajeno un bien digamos en diciembre voy a mutiplicar por doce meses o voy a multiplicar por once.
Y es que al señalar que es por el número de meses en los que el bien se haya utilizado, podemos entende que en diciembre se utilizó aunque sea en parte y consecuentemente el número será 12.
Pero si consideramos que los meses completos fueron 11, y diciembre solo fue un uso parcial, entoces se multiplicaría por 11.
Lo que pasa es que son muchos activos un solo mes si es significativo.
Que opinan?