En 2006 opté por tomar deducción inmediata de un edificio que se empezó a construir a partir de 2004 y terminó en 2006, al actualizar el MOI como indica el Art 221 de LISR tomé los indices a partir de los cuales empecé a adquirir los materiales para la construccion del edificio, (2004) tal como indica el articulo... "Actualizar desde fehca de adquisición hasta...." sin embargo el Auditor me está rechazando tal actualizacion argumentando que debo actualizar a partir de que CAPITALIZO el edificio, es decir en 2006... ¿ ¿Qué es lo correcto para actualuizar el MOI ?
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28/Jun/23 09:40
Re: DEDUCCION INMEDIATA
Hola, todo un tema, incluso cuando todos entendemos el proceso contable de la capitalización, el SAT suele rechazar los activos cuyas facturas son de años anteriores a pesar de que la propia LISR señala que tienes varios momentos para iniciar la depreciación. En terminos de la LISR hay elementos para iniciar la deducción por sus componentes desde la fecha de su erogación, adquisición.
El auditor es del SAT o independiente?
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.