26/Jun/07 18:47
Ventajas de arrendamiento puro y financiero.
Hola a todos;¿que ventajas existen en adquirir un vehiculo en cualquiera de los arrendamientos,respecto a un credito normal para efectos de su deducibilidad?la pregunta es por el motivo de la limitante de deduccion para este tipo de inversiones (175000$)algunos piensan que por este tipo de esquemas pueden deducir mas... gracias por su comentario al respecto.
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JALEMP
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26/Jun/07 19:38
Re: Ventajas de arrendamiento puro y financiero.
Por su naturaleza, el contrato de arrendamiento financiero representa una situación favorable para el empresario, ya que le brinda los beneficios de explotar un bien necesario para su actividad comercial sin la carga financiera que representa el adquirirlo a través de una compraventa a valor comercial. A este respecto cabe señalar el beneficio que representa el adquirir el bien a un precio de contado, que naturalmente será inferior al precio de mercado o al que pudiese obtener a plazos el comerciante.
El arrendamiento puro, además de otorgarle las prerrogativas inherentes a esta figura jurídica, le proporciona al comerciante la liquidez que requiere, sin necesidad de recurrir al endeudamiento, ya que la erogación de las rentas constituye un gasto corriente para la empresa.
La ventaja más importante de la celebración de este tipo de contrato, sin importar la modalidad en que se realice, es la posibilidad que brinda al arrendador de explotar equipos nuevos y por lo tanto, incrementar los niveles de productividad de su empresa.
Alejandro Gamborino
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aruiz
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26/Jun/07 20:20
Re: Ventajas de arrendamiento puro y financiero.
Ok. aruiz,puedo pagar rentas en arrendamiento puro superiores a 175,000$ es decir no tengo limite de gastos por este concepto? porque si es asi, adquiero un vehiculo en arrendamiento puro, las rentas las mando a gastos por el tiempo del contrato y no me interesa que al final no me quede con el bien arrendado pero si creo que seria un ahorro respecto al pago de impuestos,perdon, asi te entendi aruiz, no se si este en lo correcto.te agradezco tu apoyo y buenas noches a todos.
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JALEMP
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27/Jun/07 11:06
El limite para deducir el arrendamiento puro es $250.00 diarios
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
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vabdo
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27/Jun/07 11:14
Re: Ventajas de arrendamiento puro y financiero.
Que tal, buenas tardes.
Artículo 32. Para los efectos de este Título, no serán deducibles:
Fracc. XIII, último parrafo:
Tratándose de automóviles, sólo serán deducibles los pagos efectuados por el uso o goce temporal de automóviles hasta por un monto que no exceda de $165.00 diarios por automóvil, [size=18:6643156de8]siempre que además de cumplir con los requisitos que para la deducción de automóviles establece la fracción II del artículo 42 de esta Ley,[/size:6643156de8] los mismos sean estrictamente indispensables para la actividad del contribuyente.
En mi opinión, esta un poco confuso en el caso de arrendamiento puro, el tope de deducción, es decir, se que por decreto se aumento a $250.00 diarios, pero y lo resaltado en negrita ¿cómo se interpreta?, es decir ¿qué el monto de las rentas no rebase los $175,000 pesos o qué el valor del vehículo no supere ese tope? o ¿no significa nada?
Saludos!!
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BR1
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27/Jun/07 18:51
Re: Ventajas de arrendamiento puro y financiero.
Ok.vabdo:pero en rentas tambien me limitan deducir hasta 175,000? es decir,si adquiero un vehiculo por arrendamiento puro solamente puedo deducir rentas hasta 175,000? gracias.
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JALEMP
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28/Jun/07 10:17
En mi opinion.
Si podrias deducir, hasta los $250.00 diarios.
En el contrato, no se estipula el valor de la unidad rentada.
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
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vabdo
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