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19/Oct/07 14:19
SALDO A FAVOR DE IEPS

Hola buenas tardes a todos,

Tengo un problema, lo que pasa es que en el mes de Septiembre tuve mas IEPS acreditable que por pagar y en consecuencia me salio un saldo a favor por x cantidad, pero ahorita que lo estoy queriendo presentar en el banco o manifestarlo no me deja manifestar el saldo a favor :cry: , yo vendo alcohol desnaturalizado, en casi todas las demas opciones si deja manifestarlo a favor, pero en el caso especifico de alcohol, alcohol desnaturalizado y mieles incristalizables, no, no se si alguien se haya topado con un caso similar, o si sepan como pudiera yo hacerle :?

GRACIAS POR SU AYUDA 8)
 
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Medimpex
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19/Oct/07 15:34
Re: SALDO A FAVOR DE IEPS

Bueno ya consulte con los del SAT, y asi es no se puede manifestar este saldo a favor, se tiene que presentar una estadistica, y el saldo a favor solo llevarlo controlado en papeles de trabajo, todo esto de acuerdo a la Regla Miscelanes 6.5

6.5. - Acreditamiento de IEPS por adquisición de alcohol para productos distintos de bebidas alcohólicas



Agregar nota:




Privada Pública (?)



6.5. Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 4o. , tercer párrafo de la Ley del IEPS, las personas físicas y morales que adquieran o importen alcohol o alcohol desnaturalizado que sea utilizado en la elaboración de productos distintos a las bebidas alcohólicas, podrán acreditar el impuesto pagado por la adquisición o en la importación de dichos productos, contra el ISR que resulte a su cargo en las declaraciones de pagos provisionales, las retenciones del mismo impuesto efectuadas a terceros, así como contra el IMPAC o el IVA, hasta agotarse.

Si efectuado el acreditamiento a que se refiere el párrafo anterior resultara un remanente de saldo a favor, se podrá solicitar la devolución del mismo, mediante la forma oficial 32, "Solicitud de Devolución", contenida en el Anexo 1, debiendo acompañar a dicha solicitud copia de las facturas en las que conste el precio de adquisición del alcohol o alcohol desnaturalizado, según sea el caso.

La solicitud de devolución del remanente deberá ser sobre el total. Los remanentes cuya devolución se solicite no podrán acreditarse en declaraciones posteriores.

Para poder aplicar el acreditamiento a que se refiere esta regla, las personas físicas o morales deberán proporcionar al SAT, trimestralmente en los meses de abril, julio, octubre y enero del siguiente ejercicio, un reporte que contenga el valor expresado en pesos y el volumen expresado en litros, de las importaciones o adquisiciones de alcohol o alcohol desnaturalizado, según sea el caso, correspondiente al trimestre inmediato anterior, así como la descripción del tipo de producto en el que se utilizó el alcohol o alcohol desnaturalizado como insumo y el volumen producido, expresado en litros.
 
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13/Abr/23 09:17
Re: SALDO A FAVOR DE IEPS

Coincido, manejar el SAF en papeles de trabajo, como se hace con el IVA
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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13/Abr/23 09:34
Re: SALDO A FAVOR DE IEPS

2007? N/A
 
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