29/Nov/07 9:34
La PTU debe ser repartida despues de ser determinada, en base a las reglas del ISR, como podria ser determinada, sin ser presentada la declaracion anual.
En la declaracion anual del ISR, habria de manifestarse la determinacion de la PTU.
La ley marca que despues de presentada esta declaracion se reparta, el hecho que no se realice de esta forma, se correria el riesgo que el desembolso efectuado aunque tenga el caracter de PTU.
Pensando en voz alta, algo que se me ocurriera, que tendria que verse los impactos legales, seria concertar un acuerdo con el sindicato y los trabajadores, de anticiparles un monto aproximado de esas utilidades entre representantes de la empresa y el sindicato, indicando que en mayo o cuando proceda repartirse la PTU, solamente les harian entrega a los trabajadores, la restante PTU.
Esta medida provocará que su exencion regulada por el art 109, no pueda duplicarse y retenerse y pagarse mayor ISR, que los trabajadores estarian dispuestos a sufrir esta consecuencia. Problemente no sea significativo el efecto para algunos trabajadores pero otros quizas si le afecte en mayor medida su economia.
Si es presentada la declaracion anual y dias despues podria ser entregada la PTU, asi habria posibilidades de mantener la exencion que aunque no es muy grande ese monto pues seria 15 SMG del area geografica, la acumulacion haria que se eleve a la tasa que tradicionalmente tendrian que retenerle, pues cada empleado tendria mayores ingresos y las tablas de impuestos son progresivas, es decir a mayor ingreso mayor impacto en el pago de los impuestos.
Por parte del IMSS, no veo problemas de integracion, pues no seria aplicable, solo tiene que recopilarse el comprobante del reparto de utilidades correspondiente bien especificado.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?