Hola esperando que esten super bien, les escribo pq tengo algunas dudillas respecto a la IETU para una persona con Actividad Profesional o regimen intermedio.
1) Para el cálculo de ISR consideramos como deducciones la luz, tel, casetas, gasolina, comidas en restaurantes etc..
Para las deduccions de la IETU considero lo mismo???
Considera las deducciones señaladas en el art 5 LEITU, cumpliendose los requisitos del 6 LIETU
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?