08/May/08 17:28
Re: COMPROBANTES DE ESTACIONAMIENTO DE AEROPUERTO
Se me hace que ese tipo de erogaciones es muy poca significativa, que entraria como no integrable para el DIOT de manera desglozada por RFC.
Debes tener otras erogaciones por distintos conceptos mas significativos
Las disposiciones que regulan la presentacion del DIOT, solicitan el 90% integrable, el 10% podria ser no integrable dependiendo del tipo de gastos, si son por partidas retenidas, las integro, si son combustibles pagados en efectivo tambien. Por lo que en ocasiones se llegaria a integrar el 91% al 98% del IVA acreditable total.
Y esas partidas se me haria desde mi percepcion, que son muy chiquitillas que quedaria ser enteradas de manera global sin un RFC en especifo.
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Pero respondiendo a tu pregunta, el comprobante de exigirse con domicilio del contribuyente y con las especificaciones completas, en especial a que RFC fue expedido el comprobante.
Asi como indicas ese comprobante es simplificado, no deducible y su iva no acreditable, no hay RFC... deduciendolo de tus comentarios pues se dice que ni nombre del cliente se suscribio.
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Pero eso de que vote un diferencia tan pequeña. Bien aplicada. No se ve ¿por donde?
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?