27/May/08 15:20
Re: iva solo 10 %
gracias agradezco la ayuda tan oportuna como siempre
UNA MOLESTIA MAS
A LAS EMPRESAS DE TRANSPORTE DE PERSONAL TAMBIEN SE LES RETIENE IVA (4%)
Artículo 1o.-A.- Están obligados a efectuar la retención del impuesto que se les traslade, los
contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:
I. Sean instituciones de crédito que adquieran bienes mediante dación en pago o adjudicación judicial o fiduciaria.
II. Sean personas morales que:
a) Reciban servicios personales independientes, o usen o gocen temporalmente bienes,
prestados u otorgados por personas físicas, respectivamente.
b) Adquieran desperdicios para ser utilizados como insumo de su actividad industrial o para su
comercialización.
c) Reciban servicios de autotransporte terrestre de bienes, prestados por personas físicas o morales.
Inciso adicionado DOF 31-12-1999
d) Reciban servicios prestados por comisionistas, cuando éstos sean personas físicas.
Inciso adicionado DOF 31-12-1999
III. Sean personas físicas o morales que adquieran bienes tangibles, o los usen o gocen
temporalmente, que enajenen u otorguen residentes en el extranjero sin establecimiento permanente
en el país.
Fracción reformada DOF 30-12-2002
IV. Sean personas morales que cuenten con un programa autorizado conforme al Decreto que
Establece Programas de Importación Temporal para Producir Artículos de Exportación o al Decreto
para el Fomento y Operación de la Industria Maquiladora de Exportación, o tengan un régimen similar
en los términos de la legislación aduanera, o sean empresas de la industria automotriz terminal o
manufacturera de vehículos de autotransporte o de autopartes para su introducción a depósito fiscal,
cuando adquieran bienes autorizados en sus programas de proveedores nacionales.
o solo sea por los supuestos que se den como los de las maquiladoras ya que las maquiladoras contratan servicios de transporte de personal.