27/May/08 19:28
OPERACION ¿NO AFECTA PARA IVA?
Se trata de una empresa que se dedica a comercializar ciertos artículos que adquiere de varios proveedores residentes en el extranjero.
Ultimamente se le ha presentado que algunos de sus clientes requieren de manera urgente de “x” producto, mismo que en el momento no tiene la empresa, por lo que contacta a sus proveedores en el extranjero para que se lo vendan y ésta a su vez se lo vende a su cliente, pero la entrega de ese producto lo realiza en el extranjero, ya sea Estados Unidos de Norteamérica, Hong Kong o España, que son los países donde residen sus proveedores.
Aclaro que la venta del proveedor extranjero lo factura a la Empresa, y ésta se la factura a sus clientes.
De acuerdo al planteamiento y al artículo 10 de la Ley del IVA que a continuación transcribo:
“Artículo 10.- Para los efectos de esta Ley, se entiende que la enajenación se efectúa en territorio nacional[/b:fd4f5b9f4b], [b:fd4f5b9f4b]si en él se encuentra el bien al efectuarse el envío al adquirente y cuando, no habiendo envío, en el país se realiza la entrega material del bien por el enajenante. La enajenación de bienes sujetos a matrícula o registros mexicanos, se considerará realizada en territorio nacional aún cuando al llevarse a cabo se encuentren materialmente fuera de dicho territorio y siempre que el enajenante sea residente en México o establecimiento en el país de residentes en el extranjero.
Tratándose de bienes intangibles, se considera que la enajenación se realiza en territorio nacional cuando el adquirente y el enajenante residan en el mismo.”
Aclaro también, que los bienes que enajena no estan sujetos a matrícula ni registros mexicanos.
Lo que entiendo del artículo 10 de la Ley del IVA, es que al no haber entrega del bien en territorio nacional, la enajenación sería no afecta para IVA, o a lo mejor no habría enajenación.
Por lo que mis dudas son:
1.- ¿Cuándo la entrega del bien se realiza en el extranjero, se encuentra gravada con IVA?
2.- ¿Al no realizarse la entrega del bien en el país, no hay enajenación y por lo tanto sería un acto NO AFECTO al IVA?
Agradezco su atención prestada a mi consulta.
Vive de tal manera que cuando alguien hable mal de ti, nadie lo crea.