Ninguna, para quien los adquiriese tendria un aganacia por adquisicion de bienes. A excepcion que a quien se los vendas fuera tu parte relacionada, o bien esas ventas de activos proveniesen de arrendamiento puro y los vendieras al arrendatario.
Si es un 3o en teoría ninguna, pero tendrás que demostrar al SAT la razón de negocios de vender debajo del mercado y sino lo soportas puede ser que te finquen ingreso presunto o te desconozcan la deducción del costo.
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.