07/Ene/09 16:55
DEDUCCIONES A TRAVES DE TERCEROS
Hola, buenas tardes
En la figura de reposicion de gastos a traves de terceros autorizados
ala que se refiere el articulo art 35 del RISR
cual es el tratamiento que se le da, ya que en ocaciones no es posible expedir cheque
ya que se viaja mucho y al momento de adquirir algun articulo lo paga el tercero.
puedo reponer el gasto expidiendo el cheque a nombre de la persona que lo efectue
auque el importe consignado en las facturas sea mayos a $ 2,000.00 y en que momento
acredito el iva hasta que se expida el cheque o en la fecha consignada en las facturas.
agradeceria me pudieran ayudar.
de antemano gracias.