12/Feb/09 15:01
Re: DIOT ESTOY INTENTANDO ENVIAR Y NO ACEPTA EL SISTEMA
definitivo, ...saturacion , arreglo del sistema ......y paciencia
Declaraciones informativas / avisos importantes
Recepción de acuse de recibo
Si presenta la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT), el Listado del impuesto empresarial a tasa única (IETU) y la Declaración Informativa Múltiple (DIM), y no le llega el acuse de recibo es debido a las actualizaciones y mejoras que estamos realizando en nuestros sistemas para aumentar nuestra capacidad de recepción.
Los acuses se encuentran en proceso de ser generados y usted los recibirá en los próximos días. No es necesario solicitarlos ni enviar nuevamente su declaración.
El SAT agradece el cumplimiento de sus obligaciones.
Declaraciones complementarias. Evite errores en su presentación
Ahora que está por vencer la fecha de presentación de las declaraciones informativas ante el SAT (Declaración Informativa Múltiple, DIM), considere lo siguiente:
Debe enviarse solamente una declaración normal por contribuyente.
Cuando se presente una declaración, ésta debe contener la totalidad de la información que corresponda al contribuyente.
Cuando la declaración no contenga la totalidad de la información del contribuyente o exhiba errores puede presentarse declaración complementaria para corregirla.
Cuando deba presentarse una declaración complementaria:
La información que contenga reemplaza la totalidad de la información enviada con anterioridad.
En todos los casos debe incluir la totalidad de la información que corresponda al contribuyente; por ello, evite efectuar envíos de información parcial, por regiones o incompleta.
Pueden presentarse hasta tres declaraciones complementarias por contribuyente como máximo.
La inobservancia de estas consideraciones le ocasiona entre otros inconvenientes:
El envío de requerimientos por parte de la autoridad.
La imposición de las sanciones consideradas en las disposiciones fiscales.
Efectuar nuevamente la captura y envío de la información.
Anexo 1 del DIM
Además de los inconvenientes anteriores, cuando haga el envío erróneo o con información incompleta de los temas que refiere el anexo 1 del DIM (sueldos y salarios pagados, conceptos asimilados y subsidio para el empleo) ocasiona:
Rechazos o retrasos a sus trabajadores en la recuperación de las cantidades a favor que les puedan corresponder, derivadas de la presentación de sus declaraciones anuales.
La no deducibilidad de su nómina (art. 31 fracción V, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, y disposiciones que regulan el subsidio para el empleo).
Última actualización: 12/febrero/2009, 12:03, información vigente
saludos
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO'
'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA'
_______________________________
'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO
SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'