23/Feb/09 10:18
Colegas,
Me aventé los formatos, manuales, ejercicios prácticos etc etc pero a la hora de la hora zas!! el llenado del 41 me pide datos de la declaracion que contiene el saldo a favor, y en IDE no hay?????? alguien ya paso por esto? encontró alguna solución? claro, la que sea menos la d epagar en cash jajajajajaja
En SAT están peor, se quedan con cara de whattttt????
El caso, es que mes con mes nos retuvieron IDE, el cual se acreditaba contra retenciones de isr e isr propio. En cada mes despues de lo anterior nos quedaba un cachito que juntos con los de los demas meses se hizo un cachote importante $$$. Dicho cachote (suma de cachitos) quiero compensar versus retenciones de ISR actuales (ya ven que no permiten el acreditamiento contra ret de isr de meses posteriores, algo que por cierto es una pend.........) empero el famosisisisisisismo programa o procedimiento para SIMPLIFICAR el tramite no me permite, valaga la redundancia (br1 así se dice?) presentar dicho tramite. Espero sus valiosas opiniones, saludos.
cj
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cjlopezasesoria
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25/Feb/09 12:20
Re: COMPENSACION DE IDE
En su momento yo tambien presenté compensaciones de IDE contra ISR, en el formato 41 en papel, y en su momento me dijeron que en los datos del origen del importe compensado se tienen que poner los datos de la constancia de IDE, esto es:
periodicidad: mensual periodo: mes de la constancia ejercicio: 2008
numero de operacion y/o folio de recepción: 0 (invariablemente siempre va a ser cero)
para el caso de la hoja de excel que ahora se maneja
obvio que para esta opinión no hay fundamento legal, ni ningun otro tipo de sustento legal, simplemente te comento lo que me pidieron a mi, y que de esta forma pasaron las compensaciones que tramité, espero te sirva.
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torres220
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03/Mar/09 23:07
Re: COMPENSACION DE IDE
Hola colegas, tengo el mismo caso de los poquitos q sumados se vuelven una cantidad importante
Fui a hacienda con todo el numerito armado para una 'revision' y el asesor me indico que el poquito q me queda despues del acreditamiento contra ISR propio y retenido NO se podia compensar con otros meses, es decir, si en julio me queda IDE despues de acreditar, era forzoso Compensar en Julio
Pero veo que a ustedes si se los aceptaron?
De hecho ya le busque a la ley y la unica limitante q encontre respecto a 'el mismo mes' es en el caso de acreditamiento contra ISR Propio y retenido, estoy en lo correcto?? en la práctica si les han aceptado la compensacion de IDE julio vs IETU septiembre por decir algo?
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ALEXA24
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04/Mar/09 10:37
Re: COMPENSACION DE IDE
buen día,
en el sat andan hehcos pelotas, nosotros enviamos el tramite por internet.....aun no hemos recibido algun tipo de notificacion de rechazo o algo así.
saludos.
cj
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cjlopezasesoria
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04/Mar/09 14:09
Re: COMPENSACION DE IDE
No pues que podriamos decir, cj
Algonos del SAT apenas comienzan su curva de aprendizaje... haber si para a mediados del años se reincoporan.
Y es que estan acostumbrados a ver la ley del año anterior, porque dizque revisan esos ejercicios. Se les pasa aprenderse las mas recientes novedades de la ley, que ya no lo son tanto. El IDE ya es viejito tiene 8 meses de estarse operando.
Pero, la mayoría de los contribuyentes debemos atender al día de hoy.
Bueno, haber si la fortuna te llega a iluminar, con alguien del SAT pueda ofrecer solucion a tus problemas, pero eso si de varias vueltas no te las quitas.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
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enrique9727
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