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06/Mar/09 18:00
SALDO A FAVOR DE IVA Y PAGO DE LO INDEBIDO

Tengo un caso que quiero ver como lo resuelvo:
Se efectúo un pago de IVA através de portal bancario por $ 12,667 del mes de julio de 2008, sin embargo los auditores determinaron que en este mes existe un saldo a favor de $ 53,170. La pregunta es, como debo presentar la declaración complementaria?, Si por un lado tengo un saldo a favor por el hecho de que el IVA Acreditable base flujo es superior al Trasladado base flujo de $ 53,170 y por otro lado tengo una cantidad pagada indebidamente de $ 12,667.
En portal bancario no existe la posibilidad de reflejar el pago de lo indebido ya que el concepto que maneja es MONTO PAGADO CON ANTERIORIDAD, y si lo presento de esta forma me resulta un saldo a favor de $ 65,837 que es el saldo a favor de $ 53,170 mas el pago de lo indebido $ 12,667, lo cual considero es incorrecto.
Me podrán a ayudar a distinguir cual es el proceso correcto.
Por su orientación muchas gracias.
 
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Héctor_Gómez
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07/Mar/09 12:07
Re: SALDO A FAVOR DE IVA Y PAGO DE LO INDEBIDO

que banco es?
Por que he manejado santander y ahi si me separa los dos concepto 1 saldo a favor 2 monto a favor, este ultimo se entiende como el pago indebido.

saludos.
 
cj
 
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cjlopezasesoria
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07/Mar/09 13:13
Re: SALDO A FAVOR DE IVA Y PAGO DE LO INDEBIDO

Hola,

En mi opinión, debes hablar con los auditores y comentarles que en IVA no hay pago de lo indebido y en tu caso el saldo a favor es por la suma de ambos conceptos, el saldo a favor determinado por auditoría más el pago hecho.

Saludos

Miguel
 
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migueljurado
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07/Mar/09 13:45
Re: SALDO A FAVOR DE IVA Y PAGO DE LO INDEBIDO

Me parece que No, se sumarían en el formulario esos valores.

En una complementaria, el dato declarado correctamente se reflejaria como el verdadero o el bueno. Así se expresa en el Art. 32 CFF

Lo que se cubrió en la anterior declaración al informarse en ese mismo formato, deberá aparecer como saldo a favor (No sería un saldo a favor propiamente, si no más bien un pago de lo indebido)

Inténtalo reflajar y observa cómo se comporta el software, en su presentación final
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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07/Mar/09 14:12
Re: SALDO A FAVOR DE IVA Y PAGO DE LO INDEBIDO

Ya entre en dos portales bancarios, esto es en Banamex y Bancomer y los dos me lo manifiestan por separado por un lado:

Impuesto a favor 53,170
y por e otro
Cantidad a favor 12,667

Ahora haciendo armonico lo que ustedes amablemente me comentan el primero es mi saldo a favor natural TRASLADADO menos ACREDITABLE
El segundo corresponde al pago de lo indebido.


lo que no entendi es porque Miguel comentas, si entiendo que economicamente la suma de los dos corresponde a un activo por realizar, sin embargo no entiendo porque no existe el pago de lo indebido

Finalmente si estan de acuerdo entonces solo procede la complementaria en banco y no tengo nada que hacer en declaración estadistica.

Solo que ahora debo mover la DIOT para que empate con este saldo a favor natural.

Agradezco infinitamente sus sabios comentarios a todos.
Héctor.
 
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Héctor_Gómez
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09/Mar/09 09:30
Re: SALDO A FAVOR DE IVA Y PAGO DE LO INDEBIDO

Buenos días,

Si pagas IVA de más no existe pago de lo indebido, esta es una interpretación que yo hago del artículo 22 del CFF:

Debido a que ni en el Código Fiscal de la Federación, ni en la Ley del ISR ni en la Ley del IVA se encuentra definido lo que es pago de lo indebido, acudimos a otras fuentes, en este caso a la interpretación del SAT del concepto Pago de lo indebido:



Pago de lo indebido.- Realización por error, de una prestación que no hay

obligación de cumplir y que da lugar al derecho de repetición.

De Pina, Rafael y De Pina Vara, Rafael, Diccionario de Derecho, Vigesimocuarta

edición, Edit. Porrúa S.A., México, 1997.



Derivado de dicha definición concluyo que el pago de más realizado en las declaraciones mensuales de IVA, no cumple con la definición de pago de lo indebido ya que si existe una obligación de cumplir por parte del contribuyente y lo que este hizo fue pagar de más.



El artículo 22 del Código Fiscal de la Federación, en su cuarto párrafo:



Si el pago de lo indebido se hubiera efectuado en cumplimiento de acto de autoridad, el derecho a la devolución en los términos de este artículo, nace cuando dicho acto se anule. Lo dispuesto en este párrafo no es aplicable a la determinación de diferencias por errores aritméticos, las que darán lugar a la devolución siempre que no haya prescrito la obligación en los términos del penúltimo párrafo de este artículo.



En nuestro caso que presumimos fue por errores aritméticos, el saldo a favor dará lugar a la devolución, o en concordancia con lo señalado en el primer y segundo párrafo de este mismo artículo al acreditamiento del mismo hasta agotarlo.


Saludos

Miguel
 
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migueljurado
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09/Mar/09 12:43
Re: SALDO A FAVOR DE IVA Y PAGO DE LO INDEBIDO

muchas gracias Miguel, tus comentarios muy valiosos y entonces procederé a realizar mis complementarias.

Suerte en tus anuales.
Héctor.
 
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Héctor_Gómez
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10/Mar/09 12:30
Re: SALDO A FAVOR DE IVA Y PAGO DE LO INDEBIDO

Como les gusta hacerse bolas, simplemente hay un saldo a favor y un pago indebido (lo estan confirmando con los portales bancarios que citan), miramos moros con tranchetes y lo mas simple queremos tratar de hacerlo dificil no cabe duda que 'El que con lobos anda...a aullar aprende'

saludos.
 
cj
 
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cjlopezasesoria
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10/Mar/09 13:38
Re: SALDO A FAVOR DE IVA Y PAGO DE LO INDEBIDO

gracias por recordarme cj, ..........gracias por tu 'gran sabiduria'...,................aprendemos un monton d ti,...........se que soy tu problema,......señal que voy cabalgando.....jajajajajaaj
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
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lobozac
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10/Mar/09 17:51
Re: SALDO A FAVOR DE IVA Y PAGO DE LO INDEBIDO

Para cjlopezasesoria,

No entiendo porque dices que es más díficil considerar un solo saldo a favor que considerar un saldo a favor y un pago de lo indebido.

Gracias

Miguel
 
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migueljurado
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