Que tal buen dia,
tengo un terreno y empieso construir oficinas, para ulizar como activo fijo alterminar de obra se hace el traspaso de edificio , en que k momento se considera el inicio de la deduccion y en que articulos me puedo fundamentar ya que los ingenieron no quieren dar un dumento de obra, y la terminacion de la obra, que opinan
QUE DIFICIL AYUDARTE ASI, ...NO TE ENTIENDO,..........Y CREO QUE LOS DEMAS TAMPOCO, ....VE LA CANTIDAD DE VISITAS, ......SIN RESPUESTAS
NOS ACLARAS ?
SALUDOS
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO'
'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA'
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'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO
SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
Todo dependerá del tipo de deduccion que usted quiera manejar (inmediata art. 220 LISR o normalita art. 37 de la misma Ley).
La primera puede entenderse que aplica desde que empieza a construir o invertir -cada ladrillo que pone- la segunda apartir de que inicia a utilizar el bien.....
Checa ambos articulos y cualquier duda lo comentamos.
La primera puede entenderse que aplica desde que empieza a construir o invertir -cada ladrillo que pone- la segunda apartir de que inicia a utilizar el bien.....
¿Ya esta regalando las estrategias o qué?
Sólo comprendemos aquellas preguntas que podemos responder...........
El hombre de talento es naturalmente inclinado a la crítica, porque ve más cosas que los otros hombres y las ve mejor
Sólo comprendemos aquellas preguntas que podemos responder...........
El hombre de talento es naturalmente inclinado a la crítica, porque ve más cosas que los otros hombres y las ve mejor