en la contabilidad de una cooperativa de ahorro y credito, se realiza el devengamiento de los intereses que se generan y que no se han cobrado a los acreditados
estos intereses al momento de cobro efectivo, se cobra adicional un IVA,
la duda es: el IVA lo tengo que ir reconociendo en libros desde el momento del devengamiento, o solo es necesario en el momento del cobro efectivo ?