MUY AMABLEMENTE SOLICITO DE SU APOYO. QUISIERA SABER SI A UN TRABAJADOR QUE LE CORRESPONDEN VACACIONES Y SI OPTA POR TOMARLAS, SE LE DEBE PAGAR LA NÓMINA CORRESPONDIENTE A LOS DIAS QUE SE TOMA DE VACACIONES.
Por supuesto que sí... Pero, en la nómina se indicaría que son remuneraciones por días de vacaciones, prima vacacional y séptimo día proporcional a los días laborados durante el período de la nómina (Por cada día de descanso se habrá de considerarse 1 día laborado)
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
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05/Oct/09 14:52
Re: VACACIONES Y NÓMINA
En efecto, la diferencia es que en su recibo aparecera en el rubro de sueldos los días efectivamente laborados y el concepto de Vacaciones por los días que ejercio en el periodo que abarca la nómina.
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
Buenas tardes, a mi criterio las vacaciones se deberán considerar en el primer periodo los 6 días laborales que marca la ley como mínimo, tampoco se debe considerar el septimo día, porque la ley marca el otorgamiento del septimo día por cada 6 días trabajados. He conseguido además una web que aporta información sobre alternativas para acceder a clases en linea.
Es importante recordar que en vacaciones no aplica porque no los trabaja, todo esto independiente al acuerdo mutuo de la distribución de las horas laboradas para cumplir con la jornada.