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24/Nov/09 11:58
COMPENSACIONES

PORQUE LA AUTORIDAD NO PERMITE COMPENSAR ALGUN SALDO A FAVOR CONTRA RETENCIONES DE IVAEditado: Noviembre 24, 2009 12:01:29
 
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Eduardomtz
Soldado

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24/Nov/09 12:09
Re: COMPENSACIONES

PORQUE LA AUTORIDAD NO PERMITE COMPENSAR ALGUN SALDO A FAVOR CONTRA RETENCIONES DE IVA

Eso tambien yo lo pregunto.

Saludos
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
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vabdo
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24/Nov/09 15:39
Re: COMPENSACIONES

Por que la ley del iva lo prohibe jejejejejeje


En pocas palabras por la ret de iva es impuesto (dinero) de un tercero y no suyo como contribuyente, caso contrario como sucede en un saldo a favor...pero repito, la ley del iva lo prohibe.

salu2
 
cj
 
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cjlopezasesoria
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24/Nov/09 16:26
Re: COMPENSACIONES

Hola, Buena Tarde!!!

Fundamento: Art. 1-A Penúltimo parrafo LIVA....


Ahora..Y si es una persona moral que se ubica en la Fraccion IV del Art. 1-A LIVA?


Salu2!!!
 
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memoli
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24/Nov/09 17:18
Re: COMPENSACIONES

Un gusto ver siempre sus opiniones Memoli....


Pues es una incongruencia lo de la fraccion IV del numeral 1A LIVA...esto es por que se le da ' preferencia ' a cierto sector, con el fin de beneficiarlos....y los demas...que nos lleve guacho nieto...


saludos
 
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CPhugoocejo
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24/Nov/09 17:32
Re: COMPENSACIONES

Hola,

Si hay una diferencia entre lo señalado en el penúltimo párrafo y la fracción IV del artículo 1-A, una empresa IMMEX lo más seguro es que solicite el IVA en devolución, según yo, el SAT quiere evitar el riesgo de evasión, en caso de que el proveedor no pague IVA y que como quiera tenga que devolverle el IVA al exportador.

En el otro caso, el SAT también quiere evitar la evasión, si no hubiera retención, el IVA se tendría que pagar al proveedor, es decir el SAT pide que se le pague en lugar de, por eso no acepta compensación.

Saludos

Miguel
 
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migueljurado
Capitán Primero

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25/Nov/09 01:24
Re: COMPENSACIONES

Hola:
Segun mi apreciacion la Ley del IVA no prohibe el pago como compensacion de IVA retenido. Pues esto jamas se indica en la LIVA.


Pero, como las compensaciones deben ser autorizadas por el SAT, y este esel criterio que finalmente prevaleceria (el del SAT), asi que bajo su criterio la ley SI prohibe pagar IVA retenido que no sea pago en efectivo

Pero repito la ley no indica que el pago deba ser en efectivo.... Solo expresa que se DEBE EXISTIR PAGO. Resulta que la compensacion es una forma de PAGO.

Asi, que donde manda CAPITAN, no gobierna marinero. Hay que seguir al capitan SAT
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
General de División

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