10/Dic/09 13:25
venta de acciones entre extranjeros
Tengo una PM que tiene socios extranjeros y que dichos socios vendieron sus acciones a otros extranjeros,.
El art 190 5to parrafo dice que si el adquirente es residente en el territorio nacional ,, este realizará la retención del 25%.. Pero que si los dos son residentes en el extranjero,, el vendedor enterará su impuesto..
Ahora las siguientes dudas:
Lo puede pagar la emisora por cuenta del extranjero? Yo creo que sí
Necesita poder notarial para hacerlo? No veo la obligación de tenerlo pero si una carta de designación
Tendría que inscribirse en el RFC en lo términos del 18 RCFF? Aqui tengo una gran duda.
Suponiendo que no se inscribiera y la emisora pagara el impuesto por el residente en el extranjero..,.,. Por que concepto lo pagaría?? Como lo reportaría en la DIM???
Les agradezco sus comentarios,.
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adrian_ortiz
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11/Dic/09 12:00
Re: venta de acciones entre extranjeros
Buenos dias
Habria que ver:
Tiene representante en territorio nacional? porque este seria la persona de la retension y entero del impuesto.
Tambien la empresa es responsable, de la trasparencia de esta operacion.
Ademas que debe estar registrada esta operacion en el libro de actas
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vabdo
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11/Dic/09 14:37
Re: venta de acciones entre extranjeros
Buenas tardes,
Inicialmente nosotros habíamos pensado en una retención,.,. pero no encuadra en el concepto de retención ya que el comprador no es contribuyente en el país,.,.
Ahora,, no encuentro en ninguna parte que diga que el emisor es responsable solidario,.
Como la ven??
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adrian_ortiz
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12/Dic/09 20:53
Re: venta de acciones entre extranjeros
Buenas Tardes
Hay que profundizar un poco mas.
Al constituir la SA, los socios se regitran en el SAT, como socios o accionitas de PM.
Pueden poner un representante en el pais.
Por otra parte, En el libro de actas deben registrar, la venta de acciones (quien vende y quien compra).
La exepcion a esto, es cuando las acciones se negocian en la bolsa de valorres (por lo que expones no es tu caso).
Al momento de las asambleas (supuestamente) los socios actuales y los posibles nuevos socios, deben comprobar su inscripcion ante el SAT.
Tendrias que analizar, desde la constitutiva.
Seguimos comentando y analizando
Saludos
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vabdo
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14/Dic/09 09:21
Re: venta de acciones entre extranjeros
Vabdo,
El art 27 del CFF te dice que si tienes socios o accionistas residentes en el extranjero no se tienen que inscribir en el RFC, siempre y cuando se presente una carta ante el SAT, dando los datos de estos socios o accionistas,.
Lo otro de las actas,, pues si es cierto es importante tenerlos., de hecho los abogados hicieron los contratos de venta y no hicieron nigúna acta u otro registro,..ni siquiera se preocuparon por inversión extranjera.,,.
Ya lo revisamos, y lo que hay que hacer es hacer un pago en el banco con un RFC ficticio y el nombre del enajenante extranjero,.. Como la ven?? No se entrega constancia ni se reporta en el Dim,, ya que realmente no es una retención.
Saludos,.
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adrian_ortiz
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