Re: Pago de colegiatura para hijo que es empleado del patron
hola Cynmi:
para que una erogación se deducible entre los diferentes requisitos necesita ser estrictamente indispensable para el objeto social del negocio... ahora en este caso el gasto cumple con eso...
Re: Pago de colegiatura para hijo que es empleado del patron
Verifica si la erogación en cuestión cumple con lo establecido en el Art. 31 de la LISR y más en específico con la Fracc. I.
Estrictamente indispensables - Donativos
I. Ser estrictamente indispensables para los fines de la actividad del contribuyente, salvo que se trate de donativos no onerosos ni remunerativos, que satisfagan los requisitos previstos en esta Ley y en las reglas generales que para el efecto establezca el Servicio de Administración Tributaria y que se otorguen en los siguientes casos...
Posiblemente pueda tener una oportunidad si esta se otorga conforme a un plan de previsión social a la generalidad de los empleados.
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
Re: Pago de colegiatura para hijo que es empleado del patron
HOLA.......SI.....PRIMERO BUEN DIA............el problema es que tampoco hay un plan de prevision social --------SI, ESE ES EL GRAN PROBLEMA........
AHHHHHH ME DESPIDO
SALUDOS
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO'
'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA'
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'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO
SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
Re: Pago de colegiatura para hijo que es empleado del patron
JAJAJAJA...........Y HASTA SENTIDO......
HAY FORMAS AMIGO.....HAY FORMAS
EN FIN
Editado: Octubre 27, 2010 14:13:36
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