17/Nov/11 15:21
Buen dia., nos robaron un automovil en la empresa el cual la factura no rebasa los 175,000 por lo tanto fue deducible al 100% nos entregan X cantidad como indemnizacion ya que estaba asegurado-.
Ya e leido sobre el tema y quiero ver si estoy en lo correcto,,,
Para efectos de IVA (La indemnizacion no entra en alguna de los 5 supuestos que grava la ley)
Para ISR: Es ingreso acumulable siempre y cuando no se 'reinvierta' en un periodo de 12 meses... si se reinvierte solo una parte.. la parte no reinvertida es ingreso acumulable
Para IETU: es in ingreso acumulable Art2.- Tercer parrafo
¿¿¿Estoy en lo correcto???
Existe alguna jurisprudencia que se me escape o algun criterio normativo del SAT que tenga que tomar en cuenta?
Como voy a contabilizar... como una baja normal por deterioro del tiempo?
como si vendiese?
Donde puedo indagar sobre esta ultima pregunta
De antemano muchas gracias!